Fecha: dimecres, 23 juliol, 1997
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
La Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, contiene en su disposición adicional sexta la previsión de la creación, por parte de las comunidades autónomas y en su ámbito territorial, del Registro Especial de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos,
al que se refiere el artículo 20.3 de la propia Ley.
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