nombramiento de notarios que deban ejercer en el territorio de Cataluña es competencia de la Generalidad, en virtud de lo que dispone el artículo 147.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio;
Por Resolución JUS/335/2010, de 2 de febrero (DOGC núm. 5568 de 16.2.2010), se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución JUS/3342/2009, de 25 de noviembre (DOGC núm. 5519, de 3.12.2009).
Considerando lo previsto en los artículos 88 a 96 del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, con las modificaciones introducidas en la corrección de erratas del citado Real decreto publicado en el BOE de 9.6.2007;
De acuerdo con las competencias asignadas al Departamento de Justicia por el Decreto 409/2006, de 30 de octubre, en materia de notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles,
Resuelvo:
.1 Nombrar a los notarios que a continuación se detallan para proveer las notarías vacantes siguientes, radicadas en el territorio de Cataluña:
Barcelona: por traslado del señor Francisco Antonio Sánchez Sánchez, la señora Elena Esperanza Romeo García, notaria de Vilanova i la Geltrú, 2a.
Barcelona: desierta en concurso precedente, el señor Manuel Ángel Martínez García, notario de Molins de Rei, 2a.
Barcelona: desierta en concurso precedente, la señora María de Rocafiguera Gibert, notaria de El Prat de Llobregat, 2a.
Badalona: por traslado del señor Pablo Pleguezuelos Merino, la señora Lucía de los Ángeles Badia Abad, notaria de Antigua-Caleta de Fuste, 3a.
Granollers: por traslado del señor Carlos Felipe Calatayud Chollet, la señora Patricia Olivencia Cerezo, notaria de Tossa de Mar, 3a.
Manresa: por jubilación del señor Jaume Bercovitz Rodríguez-Cano, el señor Pedro Carlos Moro García, notario de Mogan, 3a.
Sant Pere de Ribes: por excedencia de la señora Floran Cañadell, el señor Félix Mestre Portabella, notario de Torredembarra, 3a.
Manlleu: por traslado del señor Enrique Pérez Mencio, el señor Alejandro Nielles Sánchez, notario de Manresa, 2a.
Sant Adrià de Besòs: por traslado de la señora M. Eva Mateo González, el señor Víctor Mateu Prades, notario de Manresa, 2a.
Puig-reig: por traslado de la señora M. Fortuny Subirats, el señor Sergio Cardona Costa, notario de Calvià, 2a.
Balaguer: por traslado de la señora Cristina Denis Real, el señor Francisco J. Cruz Gimeno, notario de Santa Coloma de Gramenet, 1a.
.2 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, ante la persona titular del Departamento de Justicia, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Barcelona, 23 de febrero de 2010
Montserrat Tura i Camafreita
Consejera de Justicia