RESOLUCIÓN JUS/3866/2010, de 19 de noviembre, por la que se anuncia concurso para la provisión de notarías vacantes.

De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, esta Comunidad Autónoma asumió la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el referido ámbito territorial.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96, y otros concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes al día de la fecha.

El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944, reformado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, es la norma que rige la convocatoria y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes, en sus artículos 93 y siguientes. Considerando la asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad Autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos, se hace preciso que se adopten medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña en relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),

Resuelvo:

—1 Plazas

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio de Cataluña que se han producido hasta la fecha, las cuales se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.

—2 Condiciones de participación

Pueden participar en la convocatoria todos aquellos notarios y notarias que, con independencia del lugar donde radique la notaría que sirva el solicitante, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del citado texto legal.

—3 Acreditación de la lengua catalana

Con el fin de dar cumplimiento a lo que disponen los artículos 33 y 147 del Estatuto de autonomía de Cataluña y el artículo 14.5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, los participantes en el concurso deberán acreditar que el despacho de la notaría vacante radicada en Cataluña a la que aspiren estará en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales, así como contar con personal que tenga conocimiento adecuado y suficiente para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.

A tal efecto, la acreditación de conocimiento de catalán se debe efectuar en el momento de presentación de la solicitud de participación en el concurso, y se puede llevar a cabo por cualquiera de los medios siguientes:

Disponer la persona participante del nivel de lengua catalana correspondiente al certificado B o C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación en el concurso con testimonio notarial o fotocopia compulsada de la certificación acreditativa.

Declaración jurada o promesa formal de que la persona participante se compromete a disponer de personal contratado con la categoría profesional de oficial jurídico que disponga del certificado de nivel C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación con la declaración jurada o la promesa formal.

Los participantes pueden consultar la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, a través de la web de Internet: http://www6.gencat.cat/llengcat/certific/equiv.htm.

—4 Modelos y plazos de presentación de solicitudes

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial, será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el resto del Estado y que, por tanto, figuren en la convocatoria que simultáneamente a ésta se realice por la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

La solicitud puede presentarse tanto en el Registro General del Ministerio de Justicia como en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, y en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, indicando en la instancia el orden de preferencia, si se solicita más de una notaría, aunque correspondan a turnos diferentes.

En el caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las restantes solicitudes.

Los titulares de notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegramas que deberán contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada ésta, ningún concursante podrá ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

Las solicitudes se deben ajustar al modelo publicado en los anexos 2 y 2/1 de la presente Resolución, que estarán disponibles en las webs http://www20.gencat.cat/portal/site/Justicia y www.mjusticia.es (oficina electrónica), y deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el BOE y en el DOGC, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el BOE y en el DOGC.

—5 Resolución

La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.

Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas dictará resolución, que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña.

Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña y en el Boletín Oficial del Estado.

Barcelona, 19 de noviembre de 2010

M. Elena Lauroba Lacasa

Directora general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Anexo 1

Notaría Motivo de la vacante Distrito
Notarías de primera clase    
Antigüedad en la carrera    
1. Barcelona Desierta en concurso precedente (jubilación del Sr. Perales Sanz) Barcelona
2. Barcelona Desierta en concurso precedente (Sr. Sexto Presas) Barcelona
3. Girona Desierta en concurso precedente (Sr. Carbonell Aguilar) Girona
4. L'Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sr. Aldaz Riera) L'Hospitalet de Llobregat
5. L'Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

L'Hospitalet de Llobregat
6. Mataró Desierta en concurso precedente (Sr. Varela Escudero) Mataró
7. Mataró Desierta en concurso precedente (Sra. Berral Casas) Mataró
8. Reus Desierta en concurso precedente (Sr. Huidobro Arreba) Reus
9. Reus Desierta en concurso precedente (Sr. Zozaya Irujo) Reus
10. Sabadell Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Sabadell
11. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente

(jubilación del Sr. Fernández Cadenas)

Sant Boi de Llobregat
12. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. M. Jesús Lacruz) Sant Boi de Llobregat
13. Barcelona Por defunción del Sr. Gasch Riudor Barcelona
14. Badalona Por jubilación del Sr. Ripoll Ortí Badalona
15. Barcelona Por traslado de la Sra. Santiago Charlán Barcelona
16. Tarragona Por traslado del Sr. Mazaira Pereira Tarragona
17. Lleida Por traslado de la Sra. Castillo Rodríguez Lleida
18. Barcelona Por jubilación del Sr. Casanovas-Permanyer Casas Barcelona
Antigüedad en la clase    
19. Barcelona Desierta en concurso precedente (jubilación del Sr. Ferrán Fuentes) Barcelona
20. Barcelona Desierta en concurso precedente (Sr. Álvarez Angel) Barcelona
21. Girona Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Girona
22. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. Bevia Gomis) Barcelona
23. Santa Coloma de Gramenet Desierta en concurso precedente (Sr. Cruz Gimeno) Santa Coloma de Gramenet
24. Barcelona Por traslado del Sr. Blanco Losada Barcelona
Notarías de segunda clase    
Antigüedad en la carrera    
25. Amposta Desierta en concurso precedente (Sr. Sos Ansuategui) Tortosa
26. Blanes Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Santa Coloma de Farners
27. Cambrils Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Reus
28. Cambrils Desierta en concurso precedente (Sra. Corbal San Adrian) Reus
29. Castellar del Vallès Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

 Sabadell
30. Esparreguera Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

 Sant Feliu de Llobregat
31. Figueres Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

 Figueres
32. Gavà Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Gavà
33. Manresa Desierta en concurso precedente (Sr. Alejandro Nielles Sánchez) Manresa
34. Olesa de Montserrat Desierta en concurso precedente

(Sr. Miguel Ildefonso Gallut Ortega)

Terrassa
35. Olot Desierta en concurso precedente (Sra. Montserrat Prieto Santos) Olot
36. El Prat de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. M. Rosa Igay Merino) L'Hospitalet de Llobregat
37. Rubí Desierta en concurso precedente (jubilación Sr. Santos Sampelayo) Rubí
38. Salou Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Tarragona
39. Sant Andreu de la Barca Desierta en concurso precedente (Sr. Nestor Alonso Buch) Sant Feliu de Llobregat
40. Santa Perpètua de Mogoda Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)l

Sabadel
41. El Vendrell Desierta en concurso precedente El Vendrell
  (creada por el Real decreto 173/2007)  
42. Vic Desierta en concurso precedente (Sr. Jesús Beneyto Feliu) Vic
43. Barberà del Vallès Por traslado del Sr. Bauzá León Barberà del Vallès
44. Manresa Por traslado del Sr. Sánchez Parellada Manresa
45. Martorell Por traslado del Sr. Vázquez Atkinson Granollers
46. Granollers Por traslado del Sr. Benavides Malo Granollers
Antigüedad en la clase    
47. Cerdanyola del Vallès Desierta en concurso precedente creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
48. Figueres Desierta en concurso precedente (Sra. Heredero Caballería) Figueres
49. Granollers Desierta en concurso precedente (Sr. Veciana García) Granollers
50. Manresa Desierta en concurso precedente (Sr. Víctor Mateu Prades) Manresa
51. Mollet del Vallès Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Granollers
52. El Vendrell Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Portabella) El Vendrell
53. Vilanova i la Geltrú Desierta en concurso precedente Vilanova i la Geltrú
  (Sra. Elena Esperanza Romeo García)  
54. Tortosa Por traslado de la Sra. Nacher Martí Tortosa
Notarías de tercera clase    
Antigüedad en la carrera    
55. Arenys de Munt Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Gómez) Arenys de Mar
56. Badia del Vallès Desierta en concurso precedente (Sr. Indurain Tornos) Sabadell
57. La Bisbal d'Empordà Desierta en concurso precedente (Sr. Toquelo Cariello) La Bisbal d'Empordà
58. Cabrils Desierta en concurso precedente Mataró
  (creada por el Real decreto 173/2007)  
59. Cadaqués Desierta en concurso precedente (Sr. Soler Martín Javato) Figueres
60. Calaf Desierta en concurso precedente (Sr. Jiménez Fueyo) Igualada
61. Cubelles Desierta en concurso precedente (Sr. Francisco Javier Lázaro Ayuso) Vilanova i la Geltrú
62. L'Escala Desierta en concurso precedente (Sr. Miguel Amengual) Girona
63. Flix Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Tortosa
64. La Garriga Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Granollers
65. Guissona Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Cervera
66. Montornès del Vallès Desierta en concurso precedente

(creada por el Real decreto 173/2007)

Granollers
67. Parets del Vallès Desierta en concurso precedente Granollers  
  (creada por el Real decreto 173/2007)  
68. Roquetes Desierta en concurso precedente Tortosa  
  (creada por el Real decreto 173/2007)  
69. Torredembarra Desierta en concurso precedente

(Sr. Félix Mestre Portabella)

Torredembarra
70. Cervera Por traslado del Sr. Fugardo Pelliser Cervera
71. Roses Por traslado del Sr. Márquez Montoro Roses
72. Capellades Por traslado del Sr. Tornel López Capellades
Antigüedad en la clase    
73. Abrera Desierta en concurso precedente (Sra. Igone Arechaga González) Abrera
74. Besalú Desierta en concurso precedente (Sra. Mota Papaseit) Olot
75. Cardedeu Desierta en concurso precedente Granollers
  (creada por el Real decreto 173/2007)  
76. Cardona Desierta en concurso precedente (Sra. Molinos Gil) Berga
77. La Pobla de Segur Desierta en concurso precedente (Sr. Palasi Roig) Tremp
78. Roda de Barà Desierta en concurso precedente (Sra. Cristina Jiménez Hernández) Roda de Barà
79. Santa Coloma de Farners Desierta en concurso precedente (Sr. Chiner Vives) Santa Coloma de Farners
80. La Seu d'Urgell Desierta en concurso precedente (Sr. Galindo Llangort) La Seu d'Urgell
81. Torroella de Montgrí-    
l'Estartit Desierta en concurso precedente (Sra. Almansa Losada) La Bisbal d'Empordà
82. Vila-seca Desierta en concurso precedente (Sr. Calvo Saavedra) Tarragona
83. Xerta Desierta en concurso precedente (Sr. Rodríguez Jato) Tortosa
84. Calella Por traslado del señor Sorigué Abel Calella
85. Castelló d'Empúries Por traslado del señor González Bou Castelló d'Empúries

ANEXOS

Fecha: 
dimarts, 7 desembre, 2010