Mediante la Resolución ECF/479/2006, de 13 de febrero, se autorizó la creación de oficinas liquidadoras en el Registro de la Propiedad de Ripoll y en los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona, si bien el artículo 4 de esta Resolución condicionaba el inicio efectivo de sus actuaciones, dentro del marco competencial definido en dicha norma, a la publicación de una resolución por parte del director general de Tributos, en que se indicara la fecha en que se iniciarían estas actuaciones.
Este procedimiento respondía a la necesidad de garantizar el funcionamiento completo y correcto de las aplicaciones informáticas destinadas a las funciones de gestión tributaria asignadas a estas nuevas oficinas. Una vez verificado el buen funcionamiento de estas aplicaciones y su implementación completa en las oficinas mencionadas, procede autorizar el inicio de estas funciones.
Por todo eso,
Resuelvo:
.1 Autorizar a las oficinas liquidadoras de los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles de Girona, Lleida y Tarragona, el inicio de las actuaciones establecidas en los artículos 1 y 2 de la Resolución ECF/479/2006, de 13 de febrero, a partir del día 18 de septiembre de 2006.
.2 Ordenar la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 4 de septiembre de 2006
Iu Pijoan i Font
Director general de Tributos