Resolución de 5 de septiembre de 2007, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes.

Concluido el plazo de presentación de instancias para participar en el concurso para la provisión de notarías vacantes convocado por la Resolución de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de 26 de junio de 2007, y de conformidad con lo que prevén los artículos 88 a 96 y 313 del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, modificado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, y en el Real decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación notarial, con las modificaciones introducidas en la corrección de erratas del citado Real decreto, publicado en el BOE de 9-6-2007;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia por el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16-11-2006),

Resuelvo:

1. De acuerdo con las normas legales precitadas, adscribir a los notarios a las plazas de notarías vacantes radicadas en el territorio de Cataluña, según se relaciona en el anexo de la presente Resolución.

2. En cumplimiento de lo que establece el párrafo segundo del artículo 76 y los artículos 291 y 292 del vigente Reglamento notarial, los archivos, protocolos y/o libros-registro de las notarías amortizadas que hayan quedado o queden vacantes en virtud de lo que dispone la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, pasarán al Archivo general de protocolos correspondiente.

3. A todos los notarios que han obtenido plaza en el presente concurso les es de aplicación la limitación del artículo 95 del vigente Reglamento notarial.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, de conformidad con lo que prevén los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, según lo que preceptúan los artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses. Ambos plazos se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado, o a partir del día siguiente al de la última publicación en caso de que la publicación en ambos boletines oficiales no sea simultánea.

Barcelona, 5 de septiembre de 2007.-El Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas, José Pascual Ortuño Muñoz.



ANEXO



Barcelona: por traslado del señor Gonzalo de la Mata Posadas, el señor Ariel Sultan Benguigui, notario de Tamames, 3.ª

Barcelona: por jubilación del señor Ricardo Arveras Carrasco, el señor Camilo José Sexto Presas, notario de Porto do Son, 3.ª

Barcelona: por defunción del señor Arturo Pérez Morente, el señor Carlos Masia Martí, notario de Esplugues de Llobregat, 2.ª

Badalona: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Ivan Emilio Robles Caramazana, notario de Montgat, 3.ª

Lleida: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Sebastián Gutiérrez Gañan, notario de Igualada, 2.ª

Santa Coloma de Gramenet: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Francisco Javier Cruz Gimeno, notario de Betanzos, 3.ª

Terrassa: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Eva Maria Corbal San Adrián, notaria de Cambrils, 2.ª

Terrassa: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Luis Gasch Cabot, notario de Corbera de Llobregat, 3.ª

L'Hospitalet de Llobregat: por traslado del señor Gerardo Moreu Serrano, la señora Patricia Gala Ramírez López, notaria de Porreres, 3.ª

Barcelona-Horta: por traslado del señor Gonzalo Antonio Veciana García-Boente, la señora Maria de la Paz Sánchez-Osorio Rivas, notaria de Puebla de Don Fadrique, 3.ª

Barcelona: por jubilación del señor Antonio López-Cerón y Cerón, el señor José Angel Ruiz Prado, notario de Tomelloso, 2.ª

Terrassa: por jubilación del señor Eduardo Rafael Nebot Tirado, el señor Francisco de Paula Polo Ortí, notario de Sant Andreu de la Barca, 2.ª

Tarragona: por jubilación del señor Luis de Grandes Díez, el señor Angel Maria Doblado Romo, notario de Santpedor, 3.ª

Mataró: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Maria Carmen García Ortíz, notaria de Malgrat de Mar, 3.ª

Sabadell: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Marta Navarro Redondo, notaria de Espejo, 3.ª

Salt: excedencia del señor José Antonio García Caballer, el señor Vicente Casellas Huertas, notario de Malgrat de Mar, 3.ª

Cambrils: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Rafael Martínez Olivera, notario de Cambrils, 2.ª

Rubí: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Sergio García Rosado Cutillas, notario de Capellades, 3.ª

Salou: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Jesús Alfredo Fernández Reyes Luis, notario de Salou, 2.ª

Sant Andreu de la Barca: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Maria Zulueta Sagarra, notaria de Villadiego, 3.ª

Santa Perpètua de Mogoda: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Josefa Querol Martín, notaria de Santa Perpètua de Mogoda, 2.ª

Palafrugell: por traslado de la señora Maria Victoria Pérez Pérez, el señor Juan Antonio Noguera Velez, notario de Palafrugell, 2.ª

Esplugues de Llobregat: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Jaime de Motta García-España, notario de Rubí, 2.ª

El Prat de Llobregat: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Maria Rosa Igay Merino, notaria de Cenicero, 3.ª

Salt: creada por el Real decreto 173/2007, el señor José María Rodrigo Paradells, notario de Esporles, 3.ª

Cassà de la Selva: por traslado del señor Ramón José Castelló Gorgues, el señor Pascual Malo Cantarino, notario de Valencia de Don Juan, 3.ª

Sant Joan de Vilatorrada: por traslado de la señora Inmaculada Raquel Castro Fornieles, la señora Isabel Molinos Gil, notaria de Cardona, 3.ª

Castellbisbal: creada por el Real decreto 173/2007, la señora Macarena Riquelme Sánchez de la Viña, notaria de Olesa de Montserrat, 2.ª

Cubelles: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Francisco Javier Lázaro Ayuso, notario de Ayerbe, 3.ª

Sant Quirze del Vallès: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Alfonso Carbonell Aguilar, notario de Girona, 1.ª

Torredembarra: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Félix Mestre Portabella, notario de El Vendrell, 2.ª

Vila-seca: creada por el Real decreto 173/2007, el señor Joaquín Vicente Calvo Saavedra, notario de Almacelles, 3.ª

L'Escala: desierta en concurso precedente, el señor Miguel Amengual Villalonga, notario de Astudillo, 3.ª

Fecha: 
dimarts, 18 setembre, 2007