En el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, se regulan en el Libro II, en su Capítulo II, las relaciones con las Entidades Financieras que prestan el servicio de colaboración en la Gestión recaudatoria de la Hacienda Tributaria de Navarra.
El artículo 81.1 de dicho Reglamento establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que las Entidades Colaboradoras efectuarán el ingreso y remitirán la información.
La lógica alteración anual de los días hábiles obliga a fijar cada año el calendario de las quincenas en función, según el artículo 81.2, de los días inhábiles de Pamplona.
En consecuencia
ORDENO:
Primero.-Para el año 2008, los plazos y fechas fijados para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Tributaria de Navarra y su abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, serán las que se detallan a continuación:
Enero 1.ª 1 Del 21/12 al 7/01/08 11 enero 14 enero
Enero 2.ª 2 Del 8/01 al 21/01 25 enero 28 enero
Febrero 1.ª 3 Del 22/01 al 5/02 11 febrero 12 febrero
Febrero 2.ª 4 Del 6/02 al 20/02 25 febrero 27 febrero
Marzo 1.ª 5 Del 21/02 al 5/03 10 marzo 12 marzo
Marzo 2.ª 6 Del 6/03 al 25/03 31 marzo 1 abril
Abril 1.ª 7 Del 26/03 al 7/04 11 abril 14 abril
Abril 2.ª 8 Del 8/04 al 21/04 25 abril 28 abril
Mayo 1.ª 9 Del 22/04 al 5/05 9 mayo 12 mayo
Mayo 2.ª 10 Del 6/05 al 20/05 26 mayo 27 mayo
Junio 1.ª 11 Del 21/05 al 5/06 10 junio 12 junio
Junio 2.ª 12 Del 6/06 al 20/06 25 junio 27 junio
Julio 1.ª 13 Del 21/06 al 8/07 14 julio 14 julio
Julio 2.ª 14 Del 9/07 al 21/07 28 julio 28 julio
Agosto 1.ª 15 Del 22/07 al 5/08 11 agosto 12 agosto
Agosto 2.ª 16 Del 6/08 al 20/08 25 agosto 27 agosto
Septiembre 1.ª 17 Del 21/08 al 5/09 10 sept. 12 sept.
Septiembre 2.ª 18 Del 6/09 al 22/09 26 sept. 29 sept.
Octubre 1.ª 19 Del 23/09 al 6/10 10 octubre 13 octubre
Octubre 2.ª 20 Del 7/10 al 20/10 24 octubre 27 octubre
Noviembre 1.ª 21 Del 21/10 al 5/11 10 nov. 12 nov.
Noviembre 2.ª 22 Del 6/11 al 20/11 25 nov. 27 nov.
Diciembre 1.ª 23 Del 21/11 al 5/12 10 dic. 12 dic.
Diciembre 2.ª 24 Del 6/12 al 22/12 29 dic. 29 dic.
Segundo.-El documento de orden de abono en la cuenta corriente general de los ingresos recaudados en cada quincena, deberá remitirse por fax al numero 848 42 79 55 de la Sección de Tesorería antes de las 15 horas del día fijado como fecha valor en el dispositivo anterior.
Tercero.-Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras y disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden Foral entrara en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.
Pamplona, 17 de diciembre de 2007.-El Consejero de Economía y Hacienda, Alvaro Miranda Simavilla.