ORDEN de 23 de septiembre de 2010 por la que se nombran Notarios para servir plaza en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



El artículo 44.2 del Estatuto de Autonomía de Extremadura dispone que los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles serán nombrados por la Junta de Extremadura, de conformidad con las leyes del Estado.



Por Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 13 de junio de 2010 fue convocado procedimiento concursal para la provisión de Notarías vacantes, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 88 a 96 y demás concordantes, del Reglamento de la Organización y Régimen Jurídico del Notariado. El concurso fue resuelto por Resolución de 6 de septiembre de 2010 de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en la que figura el concursante al que le ha sido adjudicada plaza en territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.



En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de la Organización y Régimen Jurídico del Notariado y conforme a las competencias atribuidas al titular de esta Consejería por los Decretos del Presidente 15/1999, de 29 de septiembre, para el nombramiento de los Notarios y de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles del territorio de la Comunidad Autónoma, y el 17/2007, de 30 de junio, por el que se modifica la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,



D I S P O N G O :



Primero. Nombrar a la Notaria D.ª María Dolores Pacheco Martín para ocupar la Notaría de Zalamea de la Serena, provincia de Badajoz.



Segundo. Dar traslado del nombramiento a la interesada y a los Decanos de los Colegios Notariales de Valencia, del que procede, y de Extremadura, así como a la Dirección General de los Registros y del Notariado, del Ministerio de Justicia.



Tercero. Publicar la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.



Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante este mismo órgano, conforme a lo dispuesto en los articulos 102 y 103 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administracion de la Comunidad Autonoma de Extremadura, y en los articulos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Regimen Juridico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Comun, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses contados desde el dia siguiente al de su publicacion en el citado Diario Oficial, conforme a lo dispuesto en los articulos 10.1, letra i), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccion Contencioso-Administrativa.



Merida, a 23 de septiembre de 2010.

El Consejero de Administracion

Publica y Hacienda,

ANGEL FRANCO RUBIO
Fecha: 
dimarts, 28 setembre, 2010