La Orden de 22 de julio de 2009, por la que se establecen los modelos de garantía en relación a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias exigibles con ocasión de la importación de bienes, reguló en el anexo I el modelo de aval y seguro de caución a constituir en el supuesto de concesión del beneficio del pago diferido a que se refiere el artículo 27 del Reglamento de gestión aplicable a las operaciones de importación y exportación relativa a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por el Decreto 145/2006, de 24 de octubre.
Si se quiere seguir atendiendo a la finalidad última de la modalidad del pago diferido regulada en el artículo 27 del Reglamento de gestión aplicable a las operaciones de importación y exportación relativas a los tributos derivados del REF, que no es solo la agilización del propio despacho de importación, sino también el otorgar facilidades a los agentes económicos para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, se considera necesario, en estos momentos de crisis de nuestra economía, establecer otros modelos de aval y de seguro de caución, junto a los aprobados inicialmente por la Orden de 22 de julio de 2009, en los supuestos de concesión del beneficio del pago diferido, a fin de que los agentes económicos tengan la posibilidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones por uno u otro modelo, según les convenga.
En consecuencia, en virtud de lo expresado en el artículo 27 del Reglamento de gestión aplicable a las operaciones de importación y exportación relativas a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por el Decreto 145/2006, de 24 de octubre, y en la Disposición Final Primera del citado Reglamento, introducida por la Disposición Adicional Segunda del Decreto 395/2007, de 27 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones específicas en el régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto General Indirecto Canario,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica la Orden de 22 de julio de 2009, por la que se establecen los modelos de garantía en relación a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias exigibles con ocasión de la importación de bienes, en los siguientes términos:
1. El artículo 1 queda redactado del modo siguiente:
"Artículo 1.- Las garantías a constituir en el supuesto de concesión del beneficio del pago diferido a que se refiere el artículo 27 del Reglamento de gestión aplicable a las operaciones de importación y exportación relativa a los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, aprobado por el Decreto 145/2006, de 24 de octubre, podrán formalizarse, a opción del importador o su representante:
a) A través del modelo de aval o seguro de caución contenido en el anexo I de la presente Orden.
b) A través del modelo de aval o seguro de caución que figura como anexo II a la presente Orden."
2. Se añade un anexo III con el siguiente contenido