Orden de 13 de mayo de 2011, de la Consejería de Hacienda, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2012.



La disposición transitoria primera de la Ley 9/2010, de 16 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2011, autoriza a la Consejería de Hacienda a regular mediante Orden el procedimiento y criterios de elaboración de los presupuestos para el año 2012. Y también dispone, que a tal efecto, se tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con las adecuaciones que la Consejería de Hacienda considere oportunas.



La elaboración de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de la Rioja para 2012 respetará la limitación en el endeudamiento que sea necesaria para el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria fijado para esta Comunidad Autónoma en el acuerdo de Consejo de Ministros de 19 de junio de 2009, que establecía el objetivo de estabilidad presupuestaria en el trienio 2010-2012 para el conjunto de las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en el RDL 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria y en la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

La crisis económica mundial, que tiene inicio en el 2008, ha provocado uno de los períodos de recesión más profundo de las últimas décadas.




En este marco de crisis, se han ido tomando medidas que paliaron los desequilibrios macroeconómicos existentes, entre ellos, el excesivo déficit de las Administraciones Públicas.



Sin perjuicio de la inestabilidad financiera y económica existente, las previsiones de la actividad económica en España son inferiores a las europeas, lo que provoca un mayor esfuerzo en las medidas y ajustes a realizar.




No obstante y a pesar de esta incertidumbre, las previsiones son de una ligera mejoría en el crecimiento del PIB, que se intensificará en los años posteriores.




En este contexto económico, el Presupuesto 2012 debe plantearse con políticas y medidas que contribuyan a acelerar la recuperación y sienten las bases de un crecimiento económico sostenible y equilibrado, bajo la aplicación del principio de austeridad y contención del gasto; priorizando los objetivos de política económica; y aplicando mejoras en la gestión presupuestaria encaminadas a conseguir una mayor eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios públicos.




Por un lado, el presupuesto de 2012 no olvida que las políticas sociales, particularmente en los ámbitos sanitario, educativo y de servicios sociales, actúan como soporte de las familias en periodos de crisis.




Y por otro, continúa centrándose en la mejora de la estructura productiva riojana con medidas de apoyo a las empresas existentes y la incorporación de nuevos sectores que aporten un mayor valor añadido.




Como resultado de esta situación, y con base en la habilitación que confiere la disposición transitoria primera de la Ley de Presupuestos Generales de La Rioja para el año 2011, se dicta la presente Orden en la que se regula el procedimiento de elaboración de los presupuestos 2012.




1.- Procedimiento para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.




Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2012, se encuadran en los grandes objetivos y en los correspondientes escenarios presupuestarios de ingresos y gastos.




Con este fin, el procedimiento de elaboración para el ejercicio presupuestario de 2012 se enmarca en la técnica presupuestaria del presupuesto por programas, buscando una asignación más racional y eficaz de los gastos de acuerdo con los recursos financieros existentes.




1.1.- Ámbito de aplicación.




Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, en los términos que en cada caso seestablezcan, incluirán:




a) Los órganos con dotaciones diferenciadas en los presupuestos y la Administración General de La Rioja, cuyas secciones presupuestarias recogidas se detallan a continuación:





Sección Denominación
01 Parlamento.
03 Consejo Consultivo de La Rioja.
04 Administraciones Públicas y Política Local.
05 Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
06 Salud.
07 Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.
08 Educación, Cultura y Deporte.
09 Vivienda y Obras Públicas.
10 Servicios Sociales.
11 Deuda Pública.
12 Hacienda.
14 Presidencia.
15 Servicio Riojano de Salud.
16 Servicio Riojano de Empleo.
17 Instituto de Estudios Riojanos.
18 Instituto Riojano de la Juventud.
19 Industria, Innovación y Empleo.



b) Los Organismos Autónomos.



c) Las Entidades Públicas Empresariales.

d) Las Sociedades Públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

e) Las Fundaciones públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

f) Los Consorcios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

g) Otros organismos de derecho público no recogidos en los epígrafes anteriores.

1.2.- Contenido de los anteproyectos y criterios de presupuestación.

Con carácter previo a la asignación de los recursos a los diversos programas de gasto, la Consejería de Hacienda determinará el escenario presupuestario que determine la envolvente de los presupuestos para el 2012.

Una vez establecido el montante global, la distribución y asignación de recursos financieros se realizará en los correspondientes programas y proyectos de gasto.

Los anteproyectos que elaboren las Consejerías o secciones presupuestarias deberán incluir el siguiente contenido:

a) La definición y concreción de los objetivos y actividades que se prevea realizar.

b) El establecimiento de indicadores que posibiliten el seguimiento del grado de realización de los objetivos definidos.

c) La selección de los proyectos de gasto a incluir en los presupuestos, que afecta a los capítulo 2 "Gastos corrientes, 4 "Transferencias corrientes", 6 "Inversiones reales" y 7 "Transferencias de capital", sin perjuicio de que el resto de capítulos puedan afectarse a proyectos de gasto concretos.

d) La selección de los proyectos de inversión, proyectos de transferencias y gastos financieros.

e) La cuantificación y clasificación de los recursos financieros previstos para lograr tales objetivos, en especial las fuentes de financiación ajena derivada de los planes regionales aprobados, y delimitando los ingresos afectos a cada programa de gasto.

Los criterios generales de presupuestación para elaborar los anteproyectos del presupuesto de gastos que han de aplicarse para el ejercicio 2012 son los siguientes:

a) Adecuar el presupuesto al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, según lo dispuesto en la normativa aplicable.

b) Ajustar la evolución del conjunto de los gastos en coherencia con la evolución prevista para el producto interior bruto durante el período.

c) Consolidar el nivel de gasto en sanidad, servicios sociales y educación porque suponen unamejora en la calidad de vida de los ciudadanos riojanos, además de contribuir al crecimiento futuro en forma de inversión en capital humano. Singularmente la educación se constituirá en eje principal de los ejercicios futuros, como la mejor garantía de consolidación de un modelo económico sostenible.

d) Mejorar la competitividad de la economía riojana con inversión pública productiva, concretamente en I+D+i como uno de los elementos que determinan el cambio en el patrón de crecimiento a largo plazo.

e) Desarrollar y priorizar aquellas medidas que mejoren el empleo y faciliten su acceso.

f) Contención de los gastos de personal y gastos corrientes, limitándolos estrictamente a aquellas actuaciones necesarias para el funcionamiento de los servicios en el ámbito de una política general de austeridad, control y racionalización del gasto.

g) Contener las partidas de gasto de los organismos públicos y entes instrumentales integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el objetivo de fomentar su autofinanciación.

h) Ajustar las actuaciones que cuenten con financiación externa, total o parcial, en los importes que sean estrictamente necesarios para cumplir con los compromisos de cofinanciación, y teniendo en cuenta en todo caso sus posibilidades efectivas de ejecución.

i) No incluir nuevas actuaciones de competencia municipal, salvo que formen parte de planes y programas sectoriales, y que se estimarán en todo caso en función del nivel de ejecución real.

1.3.- Integración de las propuestas de las Consejerías y elaboración del Anteproyecto.

Con base en esta información y propuestas, la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda conformará los estados de gastos del anteproyecto de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el 2012, y en coordinación con los demás Centros Gestores que gestionan recursos públicos, los estados de ingresos, para su elevación al Consejero de Hacienda, quien someterá al acuerdo del Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta de anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Dirección General de Tributos elaborará, en los plazos establecidos, la información necesaria que cuantifique las partidas de ingresos que les afecten, correspondientes a los capítulos I, II y III, acompañado de una memoria explicativa que justifique los importes a presupuestar, así como informe de los beneficios fiscales.

Corresponderá a los centros gestores que gestionen ingresos, la elaboración de sus anteproyectos de ingresos, acompañado de una memoria explicativa que justifique la propuesta presupuestaria.

2.- Documentación y plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

2.1.- Administración General y Organismos Autónomos.

Los centros gestores incluidos en la letra a) y b) del apartado 1.1 anterior, utilizarán como justificación de las operaciones contenidas en el proceso de elaboración del presupuesto, la documentación cuyos modelos y detalle explicativo de su cumplimentación queda recogido en el Anexo II de esta Orden.

Dicha documentación justificativa, dependiendo del proceso concreto, se cumplimentará manualmente por el centro gestor para su remisión a la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda, mientras que en otros casos, se obtendrá de forma automática como subproducto de los Sistemas Integrados de Elaboración y Edición de los Presupuestos (S.I.C.A.P-S.I.E.E.P.), siendo la Dirección General de Planificación y Presupuestos quien recabará dicha información del Sistema.

Los centros responsables de la elaboración de los anteproyectos de gastos e ingresos para el 2012 elaborarán sin perjuicio del soporte informático habilitado para su confección, la siguiente documentación:

a) Memoria explicativa del contenido del presupuesto para el 2012, integrada por los correspondientes epígrafes que se detallan en el anexo II.

b) Fichas de proyectos de transferencias e inversiones.

c) Fichas de activos y pasivos financieros.

2.2.- Las Entidades Públicas Empresariales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Los presupuestos de las Entidades Públicas Empresariales se ajustarán a la estructura aplicable a la Administración General o Sociedades Públicas según la naturaleza de los mismos.

2.3.- Las Sociedades Públicas cumplimentarán y remitirán a la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda, a través de las oficinas presupuestarias o unidades administrativas de la Consejería a la que estén adscritas, a efectos de su inclusión en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, sus presupuestos de explotación y capital y, en su caso, programa de actuación, acompañada de la siguiente documentación:

a) Memoria explicativa de su contenido.

b) Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance del corriente.

Esta documentación, junto con los estados financieros complementarios, se ajustará a los formatos que se recogen en el anexo III.

2.4.- Articulado del anteproyecto de Ley.

Las Consejerías remitirán a la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda, en el plazo que a tal fin se establezca, las propuestas de normas de contenido presupuestario que consideren procedentes para su inclusión en el articulado del anteproyecto de ley. Dicha propuesta deberá contener el texto que se propone, así como una memoria justificativa de las razones por las que se propone su inclusión en el articulado.

2.5.- La documentación recogida en los apartados 2.1 a 2.4 de este punto, así como la cuantificación de los anteproyectos de gastos e ingresos deberá estar en disposición de ser tratada por la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda, en las fechas que a tal fin se determinen por la misma, para lo cual dictará las instrucciones oportunas.

3.- Estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3.1.- Estructura general del presupuesto de ingresos.

El presupuesto de ingresos se estructurará por categorías orgánicas y económicas, ordenadas con arreglo a la clasificación orgánica aplicable a gastos y, por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se adjunta como anexo I a la presente Orden. En su caso y, a efectos de elaboración, cada Consejería procederá a elaborar su presupuesto de ingresos de forma descentralizada a través del sistema informático (S.I.C.A.P.).

3.2.- Estructura general del presupuesto de gastos.

Las asignaciones incluidas en los estados de gastos se estructurarán teniendo en cuenta:

a) Las finalidades u objetivos que el presupuesto pretende conseguir.

b) La organización de los distintos centros gestores integrantes de la Comunidad Autónoma.

c) La naturaleza económica de los gastos.

A) Estructura funcional y de programas.

La asignación de recursos financieros se efectuará dentro de una estructura de programa, en función de los objetivos que se propongan, de conformidad con lo establecido la Ley General Presupuestaria.

Dichos programas se agregarán en subfunciones, funciones y grupos de función de acuerdo con la clasificación a que se refiere el anexo I de la presente Orden.

La Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda podrá autorizar, con base en las propuestas de los centros gestores, la modificación de los programas recogidos en el anexo I, en orden a conseguir una mejor clasificación y mayor facilidad en el seguimiento de los objetivos.

Se mantiene como nivel de desagregación, el "Subprograma", que tendrá carácter estrictamente informativo.

B) Estructura orgánica.

Las dotaciones consignadas en los programas de gasto se distribuirán por centros gestores, que son aquellas unidades con diferenciación presupuestaria que participan en la gestión de los mismos.

La clasificación orgánica de los créditos y dotaciones se realizará en función de los subsectores que se indican a continuación:

a) La Administración General, que se dividirá en secciones, servicios y centros presupuestarios.

b) Los Organismos Autónomos.

c) Las Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y Consorcios de titularidad pública cuyos presupuestos deban presentarse con características análogas a la de la Administración General.

Separadamente figurarán los presupuestos del resto de organismos y entes de la Comunidad Autónoma con presupuestos estimativos, en el que acompañarán un presupuesto administrativo o, de explotación, capital y estados financieros correspondientes según su naturaleza:

a) Las Entidades Públicas Empresariales.

b) Las Sociedades Públicas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

c) Las Fundaciones Públicas y Consorcios de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

C) Estructura económica.

Los créditos incluidos en los estados de gastos del presupuesto se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se adjunta como anexo I, sin perjuicio de que, a efectos de su presentación al Parlamento, los créditos se agreguen conforme al grado de especificación que para cada ejercicio establezca la Ley de Presupuestos.

La creación de conceptos y subconceptos que no figuren detallados en el anexo I, se realizarán por los diversos centros gestores, poniéndolo en conocimiento de la Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda.

3.3.- Estructuras específicas.

Asimismo, los presupuestos de ingresos y gastos de las Entidades Públicas Empresariales, Sociedades Públicas, Fundaciones Públicas y Consorcios de la Comunidad Autónoma de La Rioja se ajustarán, en función de su naturaleza, a lo establecido en los apartados 2.2 y 2.3 de la presente Orden.

Disposición adicional única. Desarrollo de criterios de gasto.

Corresponde a la Dirección General de Planificación y Presupuestos, a iniciativa propia, o a propuesta de las Consejerías, concretar los proyectos de gasto, que serán codificados al objeto de permitir ofrecer información complementaria.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogada la Orden de la Consejería de Hacienda de 9 de abril de 2010 por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2011, así como las disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposición final primera. Desarrollo normativo e interpretación.

Se autoriza a la Dirección General de Planificación y Presupuestos para que establezca las disposiciones necesarias para el desarrollo e interpretación de lo regulado en esta Orden.

Disposición final segunda. Adaptación de las estructuras presupuestarias previstas en esta orden.

La Dirección General de Planificación y Presupuestos de la Consejería de Hacienda podrá adaptar las estructuras presupuestarias recogidas en esta Orden, a las posibles modificaciones que puedan producirse en la Comunidad Autónoma durante el periodo de elaboración de los presupuestos generales para el 2012, y en especial la definición de nuevos programas que se adapten a las actuaciones que las secciones presupuestarías prevén realizar en el nuevo ejercicio.

Disposición final tercera. Habilitación para recabar información.

La Dirección General de Planificación y Presupuestos recabará la información y documentación que sea necesaria para la elaboración de los siguientes informes:

a) Económico-financiero.

b) Impacto de género.

Disposición final cuarta. Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 13 de mayo de 2011.- El Consejero de Hacienda, Juan José Muñoz Ortega.

Nota: No se publican las informaciones recogidas en los anexos II y III por conocerse en los ámbitos administrativos en que se utilizan.

ANEXO I: CLASIFICACIONES DE LAS ESTRUCTURAS ORGÁNICA, ECONÓMICA Y FUNCIONAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE LA RIOJA

CLASIFICACIÓN ORGÁNICA

ESTRUCTURA ORGÁNICA

SECCIÓN 01.- Parlamento

Servicio 01.- Parlamento.

Servicio 02.- Defensor del Pueblo Riojano.

SECCIÓN 03.- Consejo Consultivo de la Rioja

Servicio 01.- Consejo Consultivo de la Rioja.

SECCIÓN 04.- Administraciones Públicas y Política Local

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02.- Dirección General de la Función Pública.

Servicio 03.- Dirección General de Política Local.

Servicio 04.- Dirección General de los Servicios Jurídicos.

Servicio 05.- Dirección General de Justicia e Interior

SECCIÓN 05.- Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02.- Dirección General de Agricultura y Ganadería.

Servicio 03.- Dirección General de Calidad, Investigación y Desarrollo Rural.

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 02.- Laboratorio Regional.

Centro 03.- Centro de Investigación y Desarrollo Agrario.

Centro 04.- Explotaciones Agropecuarias.

SECCIÓN 06.- Salud.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02.- Dirección General de Recursos Humanos.

Servicio 03.- Dirección General de Salud Pública y Consumo

Servicio 04.- Dirección General de Aseguramiento, Acreditación y Prestaciones.

SECCIÓN 07.- Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02. Dirección General de Turismo.

Servicio 03.- Dirección General de Medio Natural.

Servicio 04.- Dirección General de Calidad Ambiental y Agua.

Servicio 05.- Dirección General de Política Territorial

SECCIÓN 08.- Educación, Cultura y Deporte.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02. Dirección General de Cultura.

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 02.- Archivo Histórico.

Centro 03.- Biblioteca Pública.

Centro 04.-Museo.

Servicio 03.- Dirección General de Deporte.

Servicio 04.- Dirección General de Personal y Centros Docentes.

Servicio 06.- Dirección General de Universidades y Formación Permanente.

Servicio 07.- Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

SECCIÓN 09.- Vivienda y Obras Públicas.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 02.- Parque Móvil.

Servicio 02. Dirección General de Carreteras y Transportes.

Servicio 03.- Dirección General de Vivienda.

SECCIÓN 10.- Servicios Sociales.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02.- Dirección General de Política Social

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 03.- Guarderías Infantiles.

Centro 05.- Residencia Iregua.

Centro 06.- Centros no Residenciales

Servicio 04.- Dirección General de Atención a la Dependencia y Prestaciones Sociales

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 02.- Centro de valoración de la Discapacidad y Dependencia.

Centro 03.- Residencia de Calahorra.

Centro 04.- Residencia de Lardero.

Centro 05.- CAPDP de Fuenmayor.

SECCIÓN 11.- Deuda Pública.

Servicio 01.-Deuda Pública.

SECCIÓN 12.- Hacienda.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 02.- Dirección General de Planificación y Presupuestos.

Servicio 03.- Intervención General.

Servicio 04.- Dirección General de Tributos.

SECCIÓN 14.- Presidencia.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica

Servicio 02.- Dirección General de Acción Exterior

SECCIÓN 15.- Servicio Riojano de Salud

Servicio 01.- Complejo Hospitalario y 061.

Servicio 02.- Centros de Salud.

Servicio 03.- Centro Asistencial de Albelda.

SECCIÓN 16.- Servicio Riojano de Empleo.

Servicio 01.- Gerencia del Servicio Riojano de Empleo.

SECCIÓN 17.- Instituto de Estudios Riojanos.

Servicio 01.- Gerencia del Instituto de Estudios Riojanos.

SECCIÓN 18.- Instituto Riojano de la Juventud.

Servicio 01.- Gerencia del Instituto de Estudios Riojanos.

SECCIÓN 19.- Industria, Innovación y Empleo.

Servicio 01.- Secretaria General Técnica.

Servicio 03.- Dirección General para la Innovación

Servicio 04.- Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio.

Centro 01.- Servicios Generales.

Centro 02.- Instituto Riojano de Salud Laboral.

CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DE LOS PRESUPUESTOS DE INGRESOS Y GASTOS

ESTRUCTURAS DE INGRESOS

CAPÍTULO 1.- IMPUESTOS DIRECTOS.

ARTÍCULO 10.- SOBRE LA RENTA

Concepto 101: Recargo sobre Actividades Económicas.

Concepto 102: Tramo autonómico del I.R.P.F.

Subconcepto 00.-Tramo autonómico del IRPF ejercicio actual.

Subconcepto 01.-Tramo autonómico del IRPF ejercicios anteriores.

ARTÍCULO 11.- SOBRE EL CAPITAL

Concepto 110: Impuesto General sobre Sucesiones.

Concepto 111: Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.

Concepto 112.- Impuesto General sobre Donaciones.

ARTÍCULO 19.- TRIBUTOS EXTINGUIDOS.

Concepto 190: Tributos extinguidos.

CAPÍTULO 2.- IMPUESTOS INDIRECTOS.

ARTÍCULO 20.-SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOSDOCUMENTADOS

Concepto 200: Sobre Transmisiones Patrimoniales

Concepto 201: Sobre actos jurídicos documentados.

ARTÍCULO 21.- TRIBUTOS SOBRE EL JUEGO.

Concepto 210: Tributos sobre el juego.

ARTÍCULO 22.- CÁNONES.

Concepto 220: Canon de saneamiento y depuración.

ARTÍCULO 23.- SOBRE EL VALOR AÑADIDO.

Concepto 230: Impuesto sobre el valor añadido.

Subconcepto 01.- Sobre operaciones interiores.

ARTÍCULO 24.- SOBRE CONSUMOS ESPECÍFICOS

Concepto 240: Impuestos especiales.

Subconcepto 00.- Sobre el alcohol y bebidas derivadas.

Subconcepto 01.- Sobre productos intermedios.

Subconcepto 02.- Sobre la cerveza.

Subconcepto 03.- Sobre las labores del tabaco

Subconcepto 04.- Sobre hidrocarburos.

Subconcepto 05.- Sobre la electricidad.

ARTÍCULO 28.- OTROS IMPUESTOS INDIRECTOS

Concepto 280: Sobre determinados medios de transportes.

Concepto 281: Minorista de hidrocarburos.

ARTÍCULO 29.- TRIBUTOS EXTINGUIDOS.

Concepto 290: Tributos extinguidos.

CAPÍTULO 3.- TASAS Y OTROS INGRESOS.

ARTÍCULO 30.- VENTA DE BIENES.

Concepto 300: Venta de Publicaciones Propias.

Concepto 301: Venta en comisión de publicaciones.

Concepto 304: Venta de productos agropecuarios.

Subconcepto 00.- Venta de plantas y semillas de viveros.

Subconcepto 01.- Explotaciones Agrarias.

Concepto 305: Venta de material de deshecho.

Concepto 306: Venta de productos forestales.

Concepto 309: Venta de otros bienes.

ARTÍCULO 31.- PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

Concepto 310: Servicios Sanitarios.

Subconcepto 01.- Centro Asistencial de Albelda.

Subconcepto 02.- Plan Docente.

Subconcepto 03.- Derechos Matrícula Cursos y Seminarios.

Concepto 311: De la Consejería de Servicios Sociales.

Subconcepto 01.- Residencia Iregua.

Subconcepto 02.- Residencia de ancianos de Calahorra.

Subconcepto 03.- Centro Ocupacional Edison de Rincón de Soto.

Subconcepto 04.- Residencia Tercera Edad. Lardero

Subconcepto 05.- Guarderías Infantiles.

Subconcepto 06.- Hogares Tercera edad.

Subconcepto 07.- Estancias Residencia Santa Lucía. Fuenmayor.

Subconcepto 09.- Liquidación Precio Público Centros Concertados Ancianos, discapacitados y otros.

Subconcepto 10.- Centros de día. Servicio de Personas Mayores.

Subconcepto 11.- Plazas concertadas de personas mayores.

Subconcepto 12.- Plazas concertadas personas con discapacidad.

Concepto 314: De la Consejería de Hacienda.

Subconcepto 00.- Residencia La Rioja.

Concepto 315: De la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Subconcepto 01.- Instalaciones Deportivas.

Subconcepto 02.- Residencia Universitaria.

Subconcepto 04.- Cuotas Escuela de Cerámica.

Subconcepto 05.- Venta Localidades ACTUAL.

Subconcepto 06.- Servicio docente. Estudios Superiores de Diseño.

Subconcepto 07.- Tarjeta Lector Museo Biblioteca.

Concepto 316: De la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

Subconcepto 00.- Monasterio de Suso.

Subconcepto 01.- Recogida y Transporte R.S.U.

Subconcepto 02.- Recogida Residuos Industriales.

Subconcepto 03.- Tratamiento de R.S.U.

Concepto 317: De la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Subconcepto 00.- Anuncios Publicitarios.

Subconcepto 01.- Servicio Analítico del Laboratorio Regional

Concepto 318.- Del Instituto Riojano de la Juventud.

Subconcepto 00.- Campamentos e intercambios.

Subconcepto 01.- Centros de información juvenil.

Subconcepto 02.- Gestión red de albergues juveniles.

Concepto 319: Prestación de otros servicios.

Subconcepto 00.- Teléfono Público.

Subconcepto 01.- Concesión I.T.V. Canon variable.

ARTÍCULO 32.- TASAS FISCALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Concepto 320: Administraciones Públicas y Política Local

Subconcepto 00 - Tasa 04.01.Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 04.02 Por dirección e inspección de obras realizadas mediante contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 04.03. Por ocupación y aprovechamiento de los bienes de dominio público.

Subconcepto 03 - Tasa 04.04. Por inscripción en pruebas de acceso a la función pública

Subconcepto 05.- Tasa 04.05 Por autorizaciones

Subconcepto 06.- Tasa 04.06. Por prestación de servicios administrativos en materia de radio y televisión.

Subconcepto 07.- Tasa 04.07. Por la utilización de los centros de telecomunicaciones de la Comunidad Autónoma de La Rioja por parte de los concesionarios de radiodifusión sonora.

Concepto 321: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Subconcepto 00.- Tasa 05.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 05.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 05.03. Por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 322: Salud.

Subconcepto 00 - Tasa 06.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 06.02. Dirección e inspección obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 06.03. Por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Subconcepto 25.- Tasa 15.01. Prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 26.- Tasa 15.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 27.- Tasa 15.03. Por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 323: Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

Subconcepto 00.- Tasa 07.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 07.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 07.03. Por ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 324: Educación, Cultura y Deporte.

Subconcepto 00.- Tasa 08.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 08.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 08.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Subconcepto 25.- Tasa 17.01.- Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 26.- Tasa 17.02.- Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 27.- Tasa 17.03.- Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 325: Vivienda y Obras Públicas.

Subconcepto 00.- Tasa 09.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 09.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 09.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 326: Servicios Sociales.

Subconcepto 00.- Tasa 10.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 10.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 10.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 327: Hacienda.

Subconcepto 00.- Tasa 12.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 12.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 12.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 328: Presidencia.

Subconcepto 00.- Tasa 14.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 14.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 14.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Subconcepto 25.- Tasa 18.01. Prestación servicios de carácter general.

Subconcepto 26.- Tasa 18.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 27.- Tasa 18.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Concepto 329: Industria, Innovación y Empleo.

Subconcepto 00.- Tasa 19.01. Por prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 01.- Tasa 19.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 02.- Tasa 19.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Subconcepto 25.- Tasa 16.01. Prestación de servicios de carácter general.

Subconcepto 26.- Tasa 16.02. Dirección e inspección de obras por contrato.

Subconcepto 27.- Tasa 16.03. Ocupación y aprovechamiento de bienes de dominio público.

Subconcepto 28.- Tasa 16.04. De acceso al procedimiento de reconocimiento de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.

ARTÍCULO 33.- TASAS FISCALES AFECTADAS EN DECRETOS DE TRANSFERENCIAS.

Concepto 330: Administraciones Públicas y Política Local.

Concepto 331: Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Subconcepto 04.- Tasa 05.04. Por la prestación de los servicios del laboratorio de análisis agrarios.

Subconcepto 05.- Tasa 05.05. Por ordenación y defensa de las industrias agrarias.

Subconcepto 06.- Tasa 05.06. Por gestión técnico-facultativo de los servicios agronómicos.

Subconcepto 07.- Tasa 05.07. Servicios facultativos veterinarios.

Subconcepto 08.- Tasa 05.08. Por arrendamiento de servicios de mantenimiento en silos para facilitar la comercialización de los cereales de invierno por los tenedores.

Subconcepto 09.- Tasa 05.09. Por la prestación del servicio de retirada de cadáveres de animales.

Subconcepto 10.- Tasa 05.10. Por la asistencia del servicio veterinario oficial a ferias.

Concepto 332: Salud.

Subconcepto 03.- Tasa 06.04. Por servicios sanitarios.

Subconcepto 04.- Tasa 06.05. Por inspecciones y controles sanitarios de carnes frescas y otros productos de origen animal.

Subconcepto 05.- Tasa 06.06. Por adopción de animales del Centro de Acogida de Animales.

Concepto 333: Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

Subconcepto 03.- Tasa 07.04 Por servicios en materia forestal y de vías pecuarias.

Subconcepto 04.- Tasa 07.05. Por servicios en materia de caza.

Subconcepto 05.- Tasa 07.06. Por permisos de caza en terrenos cinegéticos administrados por la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subconcepto 06.- Tasa 07.07. Por servicios en materia de pesca.

Subconcepto 07.- Tasa 07.08. Por permisos de pesca en cotos fluviales.

Subconcepto 08.- Tasa 07.09. Por información geográfica.

Subconcepto 09.- Tasa 07.10. Por servicios en materia de flora y fauna.

Subconcepto 10.- Tasa 07.11. Por ocupación y aprovechamiento de vías pecuarias.

Subconcepto 11.- Tasa 07.12. Por servicios en materia de calidad ambiental.

Subconcepto 12.- Tasa 07.13. Por servicios en materia de información ambiental.

Subconcepto 13.- Tasa 07.14. Por prestación de servicios, ordenación territorio y urbanismo.

Subconcepto 14.- Tasa 07.15. Por reproducción de documentos.

Subconcepto 15.- Tasa 07.16. Por servicios comunes a las áreas de urbanismo y minas relativas a la expropiación.

Subconcepto 16.- Tasa 07.17. Por tramitación de procedimientos urbanísticos.

Subconcepto 17.- Tasa 07.18. Por autorizaciones urbanísticas.

Subconcepto 19.- Tasa 07.20. Por ordenación de derechos mineros.

Subconcepto 21.- Tasa 07.22. Por actuaciones de gestión de explotaciones mineras.

Subconcepto 22.- Tasa 07.23. Por actividades relacionadas con los registros públicos e industrias extractivas.

Subconcpeto 23.- Tasa 07.24. Por participación en exámenes y expedición de acreditaciones.

Subconcepto 25.- Tasa 07.26. Por otras actuaciones mineras

Concepto 334.- Educación, Cultura y Deporte.

Subconcepto 03.- Tasa 08.04. Por la prestación de servicios docentes de las Escuelas Oficiales de Idiomas y de los Conservatorios de Música de la Rioja.

Subconcepto 04.- Tasa 08.05. Tasa por expedición de títulos académicos y profesionales.

Subconcepto 05.- Tasa 08.06. Por servicios prestados en el Registro de la Propiedad Intelectual.

Concepto 335: Vivienda y Obras Públicas.

Subconcepto 03.- Tasa 09.04. Tasa por Calificación de Actuaciones Protegidas en materia de Vivienda.

Subconcepto 04.- Tasa 09.05. De cédulas de habitabilidad.

Subconcepto 05.- Tasa 09.06. Por ordenación de transportes mecánicos por carretera.

Subconcepto 06.- Tasa 09.07. De prestación del servicio de laboratorio para control de calidad de materiales.

Subconcepto 07.- Tasa 09.08. Tasa o canon por ocupación y aprovechamiento de dominio público.

Subconcepto 08.- Tasa 09.09. Por informes y otras actuaciones de la Consejería de Vivienda y Obras Públicas.

Subconcepto 09.- Tasa 09.10. Para la acreditación de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación.

Concepto 337: Hacienda.

Subconcepto 03.- Tasa 12.04. Por actuaciones administrativas en materia de juegos de suerte, envite o azar.

Subconcepto 04.- Tasa 12.05. Por venta de impresos para el cumplimiento de obligaciones tributarias.

Subconcepto 05.- Tasa 12.06. Por expedición del Diploma de Mediador de Seguros Titulado.

Concepto 338: Presidencia.

Subconcepto 03.- Tasa 14.04. Del Boletín Oficial de La Rioja.

Subconcepto 25.- Tasa 18.04. Expedición y homologación títulos monitor y director tiempo libre.

Subconcepto 26.- Tasa 18.05. Permisos acampada libre de grupos o asociaciones juveniles en la C.A.R.

Subconcepto 27.- Tasa 18.06. Expedición de carné joven.

Concepto 339: Industria, Innovación y Empleo.

Subconcepto 03.- Tasa 19.04. De Industria.

Subconcepto 04.- Tasa 19.05. Por prestación de servicios de I.T.V.

Subconcepto
05.- Tasa 19.06. Tramitación administrativa de licencia comercial específica.

Subconcepto 06.- Tasa 19.07. Tasa aplicable a la subcontratación en el sector de la construcción.

Subconcepto 07.- Tasa 19.08. Por Expedición de Certificaciones de Inscripción en los Registros Autonómicos de Empresas Acreditadas del Sector de la Construcción.

Subconcepto 08.- Tasa 19.09. Por expedición de otras certificaciones de la Dirección General de Trabajo

ARTÍCULO 35.- INGRESOS PROCEDENTES DE PRESTACIONES DE ASISTENCIA SANITARIA.

Concepto 350: Gestionada por el Servicio Riojano de Salud para financiar sus gastos sanitarios

Subconcepto 00.- Al Sector Público.

Subconcepto 01.- Al Sector Privado.

Subconcepto 02.- A Entes u Organismos Internacionales.

Subconcepto 03.- A Entidades del Sistema.

Concepto 351: Gestionada por las Mutuas de Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social.

Subconcepto 00.- Al Sector Público.

Subconcepto 01.- Al Sector Privado.

Subconcepto 02.- A Entidades del Sistema.

ARTÍCULO 38.- REINTEGROS.

Concepto 380: De pagos de ejercicios anteriores.

ARTÍCULO 39.- OTROS INGRESOS.

Concepto 390: Derechos de examen para provisión plazas Parlamento.

Concepto 391: Recargos y multas.

Subconcepto 00.- Recargos de apremio.

Subconcepto 01.- Intereses de demora.

Subconcepto 02.- Multas y sanciones.

Subconcepto 99.- Otros.

Concepto 392: Recaudación de tributos.

Concepto 393: Indemnización por ocupación temporal de montes.

Concepto 394: Remuneración agentes mediadores independientes.

Concepto 395: Ingresos de gestiones diversas.

Subconcepto 00.- Comisiones por concesión de avales.

Subconcepto 01.- Instrumentos de coberturas de tipos de interés (F.R.A. y S.W.A.P.)

Subconcepto 02.- Primas canalización de impuestos y cuotas a la Seguridad Social

Concepto 398: Ingresos afectados a la cobertura de los recargos por falta de medidas de seguridad e higiene.

Concepto 399: Ingresos diversos.

Subconcepto 01.- Recursos eventuales.

Subconcepto 02.- Costas judiciales.

Subconcepto 03.- Indemnizaciones judiciales.

Subconcepto 04.- Otras indemnizaciones.

Subconcepto 05.- Ingresos del fondo sanitario.

Subconcepto 06.- Ingresos de diversas Mutuas de accidente de Trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

Subconcepto 07.- Costas de procedimiento ejecutivo.

Subconcepto 08.- Otros ingresos sanitarios.

Subconcepto 99.- Otros ingresos diversos.

CAPÍTULO 4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

ARTÍCULO 40.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

Concepto 401: De diversos Ministerios.

Concepto 402: Participación ingresos del Estado.

Subconcepto 00.- Fondo de suficiencia global.

Subconcepto 01.- Liquidación Fondo de suficiencia global.

Subconcepto 02.- Compensación Impuesto Patrimonio.

Subconcepto 03.- Fondo complementario sistema financiero.

Subconcepto 05.- Fondo complementario financiación asistencia sanitaria

Subconcepto 06.- Compensación I.A.E.

Subconcepto 07.- Liquidación garantía financiación sanitaria.

Subconcepto 10.- Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales.

Subconcepto 11.- Convergencia Autonómica. Fondo de Competitividad.

Subconcepto 12.- Convergencia Autonómica. Fondo de Cooperación.

Concepto 403: Pensiones Asistenciales.

Concepto 404: Acuerdo bilateral compensación efecto frontera.

Concepto 405: Coste efectivo por transferencia de competencias.

Concepto 407: Fondos primas nacionales complementarias.

ARTÍCULO 41.- DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.

ARTÍCULO 42.- DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 43.- ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES, OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS Y SOCIEDADES MERCANTILES ESTATALES.

Concepto 430: De Entidades Públicas Empresariales y otros Organismos Públicos.

Concepto 431: De Sociedades Mercantiles Estatales.

ARTÍCULO 44.- DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

ARTÍCULO 45.- DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

Concepto 450: De la Administración General.

Concepto 451: De Organismos Autónomos.

Concepto 452: De Entidades Públicas Empresariales

Concepto 453: De Sociedades Públicas

Concepto 454: De Fundaciones.

Concepto 455: De consorcios.

Concepto 459: De otros entes públicos.

ARTÍCULO 46.- DE CORPORACIONES LOCALES.

Concepto 460: De Ayuntamientos.

Concepto 461: De Diputaciones.

Concepto 462: De Mancomunidades de Municipios.

Concepto 463: De Otras Entidades Locales.

ARTÍCULO 47.- DE EMPRESAS PRIVADAS.

ARTÍCULO 48.- DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

ARTÍCULO 49.- DEL EXTERIOR.

Concepto 490: Programa Operativo Fondo Social Europeo.

Concepto 491: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)

Concepto 493: Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Concepto 499: Otras Transferencias del Exterior.

CAPÍTULO 5.- INGRESOS PATRIMONIALES.

ARTÍCULO 50.- INTERESES DE TÍTULOS Y VALORES.

Concepto 500: Del Estado

Concepto 501: De Organismos Autónomos

Concepto 503: De Entidades Públicas Empresariales, otros Organismos Públicos y Sociedades Mercantiles Estatales.

Subconcepto 00.- De Entidades Públicas Empresariales y Otros Organismos Públicos.

Subconcepto 01.- De Sociedades Mercantiles Estatales

Concepto 504: De Comunidades Autónomas.

Concepto 505: De Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subconcepto 00.- De la Administración General.

Subconcepto 01.- De Organismos Autónomos

Subconcepto 02.- De Entidades Públicas Empresariales

Subconcepto 03.- De Sociedades Públicas

Subconcepto 04.- De Fundaciones

Subconcepto 05.- De Consorcios

Subconcepto 99.- De Otros Entes Públicos

Concepto 506: De Corporaciones Locales.

Concepto 507: De Empresas Privadas.

Concepto 508: Del Exterior.

ARTÍCULO 51.- INTERESES DE ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS CONCEDIDOS.

Concepto 510: Al Estado.

Concepto 511: A Organismos Autónomos.

Concepto 513: A Entidades Públicas Empresariales, otros Organismos Públicos y Sociedades Mercantiles Estatales.

Concepto 514: A Comunidades Autónomas.

Concepto 515: A la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subconcepto 00.- A la Administración General.

Subconcepto 01.- A Organismos Autónomos.

Subconcepto 02.- A Entidades Públicas Empresariales

Subconcepto 03.- A Sociedades Públicas

Subconcepto 04.- A Fundaciones.

Subconcepto 05.- A Consorcios.

Subconcepto 99.- A otros entes públicos

Concepto 516: A Corporaciones Locales.

Subconcepto 00.- Ayuntamiento de Castañares V.P.O.

Subconcepto 01.- Ayuntamiento de Logroño V.P.O. Ruavieja.

Subconcepto 02.- Ayuntamiento de Logroño 157 Viviendas Lobete.

Subconcepto 03.- Ayuntamiento de Logroño 64 Viviendas Lobete.

Subconcepto 04.- Ayuntamiento de Logroño. Rehabilitación Casco Antiguo.

Subconcepto 05.- Resto Corporaciones Locales

Concepto 517: A Empresas Privadas.

Concepto 518: A Familias e Instituciones sin Fines de Lucro.

ARTÍCULO 52.- INTERESES DE DEPÓSITOS

Concepto 520: Intereses de cuentas bancarias.

ARTÍCULO 53.- DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES EN BENEFICIOS

Concepto 531.- De Organismos Autónomos.

Concepto 533.- De Entidades Públicas Empresariales y Otros Organismos Públicos.

Concepto 534: De Sociedades Mercantiles Estatales.

Concepto 537: De Empresas privadas.

ARTÍCULO 54.- RENTAS DE BIENES INMUEBLES

Concepto 540: Alquileres y productos de inmuebles.

Subconcepto 00.- Alquileres de viviendas al personal de la C.A.R.

Subconcepto 01.- Arrendamientos en la c/ Muro de la Mata 8, de Logroño.

Subconcepto 02.- Canon de cesión parcela ctra. Burgos (Logroño) a Gas Rioja.

Subconcepto 03.- Canon Recinto Ferial La Rioja.

Subconcepto 06.- Arrendamiento inmuebles PRORIOJA.

Subconcepto 08.- Alquileres locales comerciales.

Subconcepto 09.- Otros alquileres de viviendas.

Subconcepto 10.- Por utilización de infraestructuras de telecomunicaciones de la C.A.R.

Subconcepto 11.- Canon por ocupación temporal Tenaria.

Subconcepto 12.- Canon cesión local Residencia Santo Domingo ASPACE.

Concepto 541.- Arrendamiento de fincas rústicas.

Concepto 549: Otras rentas.

ARTÍCULO 55.- PRODUCTO DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES.

Concepto 550: De concesiones administrativas.

Subconcepto 01.- Concesión explotación cafeterías centros hospitalarios.

Subconcepto 02.- Concesiones explotación Cafetería Instalaciones Deportivas.

Subconcepto 03.- Concesión explotación R.A. de Arnedo.

Subconcepto 04.- Explotación albergue de la Real Fábrica de Ezcaray.

Subconcepto 05.- Explotación Bar-Restaurante de "El Rasillo".

Subconcepto 06.- Explotación Hostería San Millán.

Subconcepto 07.- Concesión Explotación. Residencia de Albelda.

Subconcepto 08.- Facturación consumo agua Grajera.

Subconcepto 09.- Concesión gestión servicios Centro Riojano.

Subconcepto 10.- Residencia Alzheimer.

Subconcepto 11.- Servicio mantenimiento centro de telecomunicaciones.

Subconcepto 12.- Centro Sociosanitario de Convalecencia de Haro

Subconcepto 99.- Otras concesiones.

Concepto 551: Aprovechamientos especiales.

Subconcepto 00.- Gestión fondo de mejoras en montes de Entidades Locales.

Subconcepto 01.- Aprovechamiento de Montes de la CAR.

Subconcepto 09.- Otros aprovechamientos.

ARTÍCULO 59.- OTROS INGRESOS PATRIMONIALES.

Concepto 599: Otros ingresos patrimoniales.

Subconcepto 00.- Canon de arrendamiento de emisoras locales.

CAPÍTULO 6.- ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES.

ARTÍCULO 60.- DE TERRENOS

Concepto 600: Venta de solares.

Concepto 601: Venta de fincas rústicas.

Concepto 609: Otros.

ARTÍCULO 61.- DE LAS DEMÁS INVERSIONES REALES.

Concepto 610: Enajenación de viviendas y locales comerciales.

Subconcepto 00.- Enajenación de viviendas.

Subconcepto 01.- Enajenación de locales comerciales.

Concepto 619: Venta de otras inversiones reales.

ARTÍCULO 68.- REINTEGROS POR OPERACIONES DE CAPITAL

Concepto 680.- De ejercicios cerrados

Concepto 681.- Del presupuesto corriente.

CAPÍTULO 7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

ARTÍCULO 70.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

Concepto 700: Subvenciones generales.

Concepto 701: De Departamentos Ministeriales.

Concepto 702: Plan de Obras y Servicios.

Subconcepto 00.- Plan Regional.

Subconcepto 01.- Plan de Acción conjunta.

Subconcepto 02.- Plan mejora red viaria local.

Concepto 703: Política Agraria Comunitaria.

ARTÍCULO 71.- DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA ADMINISTRACIÓN. GENERAL DEL ESTADO.

Concepto 710: De Organismos Autónomos.

ARTÍCULO 72.- DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 73.- DE ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES, OTROS ORGANISMOS PÚBLICOS Y SOCIEDADES MERCANTILES ESTATALES.

Concepto 730: De Entidades Públicas Empresariales y Otros Organismos Públicos.

Concepto 731: Sociedades Mercantiles Estatales.

ARTÍCULO 74.- DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

ARTÍCULO 75.- DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

Concepto 750: De la Administración General.

Concepto 751: De Organismos Autónomos.

Concepto 752: De Entidades Públicas Empresariales

Concepto 753: De Sociedades Públicas

Concepto 754: De Fundaciones

Concepto 755: De Consorcios

Concepto 759.- De otros Entes Públicos.

ARTÍCULO 76.- DE CORPORACIONES LOCALES

Concepto 760: De Ayuntamientos.

Subconcepto 00.- Plan Regional de Obras y Servicios.

Subconcepto 02.- Plan mejora Red Viaria Local.

Subconcepto 05.- De Logroño

Subconcepto 09.- Otros Ayuntamientos

Subconcepto 99.- Otros.

Concepto 761: De Diputaciones.


Concepto 762: De Mancomunidades de Municipios.

Concepto 769: Otras Transferencias de Capital.

ARTÍCULO 77.- DE EMPRESAS PRIVADAS.

ARTÍCULO 78.- DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

ARTÍCULO 79.- DEL EXTERIOR

Concepto 790: Programa Operativo Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Subconcepto 00.- Programa Competitividad Regional y Empleo.

Subconcepto 01.- Programa Operativo 2000-2006

Concepto 791: Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA)

Concepto 793: Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Concepto 799: Otras Transferencias del Exterior.

CAPÍTULO 8.- ACTIVOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 80.- ENAJENACIÓN DE DEUDA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 800.- A corto plazo.

Concepto 801.- A largo plazo.

ARTÍCULO 81.- ENAJENACIÓN DE OBLIGACIONES Y BONOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 810: A corto plazo.

Concepto 811: A largo plazo.

ARTÍCULO 82.- REINTEGRO DE PRÉSTAMOS CONCEDIDOS AL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 820: A corto plazo.

Concepto 821: A largo plazo.

ARTÍCULO 83.- REINTEGRO DE PRÉSTAMOS CONCEDIDOS FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 830: A Corto plazo.

Subconcepto 00.- Reintegro de anticipos al personal de la Comunidad autónoma.

Concepto 831: A largo plazo.

ARTÍCULO 84.- ENAJENACIÓN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 840: Enajenación de acciones y participaciones del Sector Público.

ARTÍCULO 85.- ENAJENACIÓN DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 850: Enajenación de acciones y participaciones de fuera del Sector Público.

ARTÍCULO 86.- REMUNERACIÓN, PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS AVALADOS.

Concepto 860.- Recuperación de riesgos asumidos en avales.

ARTÍCULO 87.- REMANENTES DE TESORERÍA.

Concepto 870: Remanentes de Tesorería no afectado.

Concepto 871: Remanentes de Tesorería afectado.

ARTÍCULO 88.- DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS.

Concepto 880: Devolución de depósitos.

Concepto 881: Devolución de fianzas.

CAPÍTULO 9.- PASIVOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 90.- EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA EN MONEDA NACIONAL.

Concepto 900: A corto plazo.

Concepto 901: A largo plazo.

ARTÍCULO 91.- PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN MONEDA NACIONAL.

Concepto 910: Préstamos recibidos a corto plazo de Entes del Sector Público.

Concepto 911: Préstamos recibidos a corto plazo de Entes fuera del Sector Público.

Concepto 912: Préstamos recibidos a largo plazo de Entes del Sector Público.

Concepto 913: Préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del Sector Público.

Concepto 914: Préstamos recibidos a largo plazo de Entes de fuera del Sector Público para financiación de remanentes.

ARTÍCULO 92.- EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA EN MONEDA EXTRANJERA.

Concepto 920: Emisión de Deuda Pública en moneda extranjera a corto plazo.

Concepto 921: Emisión de Deuda Pública en moneda extranjera a largo plazo.

ARTÍCULO 93.- PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN MONEDA EXTRANJERA.

Concepto 930: Préstamos recibidos en moneda extranjera a corto plazo.

Concepto 931: Préstamos recibidos en moneda extranjera a largo plazo.

ARTÍCULO 94.- DEPÓSITO Y FIANZAS RECIBIDOS.

Concepto 940: Depósitos.

Concepto 941: Fianzas

ESTRUCTURAS DE GASTOS

CAPÍTULO I.- GASTOS DE PERSONAL.

ARTÍCULO 10.- ALTOS CARGOS

Concepto 100: Retribuciones básicas y otras remuneraciones de Altos Cargos.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas.

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

ARTÍCULO 11.- PERSONAL EVENTUAL

Concepto 110: Retribuciones básicas y otras remuneraciones de personal eventual.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas. Sueldos y pagas extraordinarias

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

ARTÍCULO 12.- FUNCIONARIOS

Concepto 120: Retribuciones básicas.

Subconcepto 00.- Sueldo y pagas extraordinarias.

Subconcepto 05.- Trienios.

Subconcepto 06.- Otras retribuciones básicas.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 121: Retribuciones complementarias.

Subconcepto 00.- Complementos de destino.

Subconcepto 01.- Complemento específico.

Subconcepto 02.- Indemnización por residencia.

Subconcepto 03.- Complementos transitorios.

Subconcepto 04.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 122: .- Retribuciones en especie.

Subconcepto 00.- Casa vivienda.

Subconcepto 01.- Vestuario.

Subconcepto 02.- Bonificaciones.

Subconcepto 09.- Otras.

Concepto 123: Asignación por destino en el extranjero.

Concepto 124: Retribución Tribunales, Oposiciones y Concursos.

Subconcepto 00.- Retribución Tribunales.

Subconcepto 01.- Retribución Oposiciones y Concursos.

ARTÍCULO 13.- LABORALES

Concepto 130: Laboral fijo.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas.

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 02.- Horas extraordinarias.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 131: Laboral eventual.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas.

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 02.- Horas extraordinarias.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 134: Retribución Tribunales, Oposiciones y Concursos.

Subconcepto 00.- Retribución Oposiciones y Concursos.

ARTICULO 14.- OTRO PERSONAL

Concepto 141: Otro personal.

Subconcepto 00.- Personal Vario.

ARTÍCULO 15.- INCENTIVOS AL RENDIMIENTO

Concepto 150: Productividad.

Concepto 151: Gratificaciones.

ARTÍCULO 16.- CUOTAS, PRESTACIONES Y GASTOS SOCIALES A CARGO DEL EMPLEADOR.

Concepto 160: Cuotas sociales.

Subconcepto 00.- Seguridad Social.

Subconcepto 01.- MUFACE.

Subconcepto 09.- Otros.

Concepto 161: Prestaciones sociales.

Subconcepto 00.- Pensiones a funcionarios.

Subconcepto 01.- Pensiones a familiares.

Subconcepto 03.- Pensiones excepcionales.

Subconcepto 04.- Indemnizaciones por jubilaciones anticipadas.

Concepto 162: Gastos sociales de funcionarios y personal no laboral.

Subconcepto 00.- Formación y perfeccionamiento de personal.

Subconcepto 01.- Economatos y comedores.

Subconcepto 02.- Transporte de personal.

Subconcepto 04.- Acción social.

Subconcepto 05.- Seguros.

Subconcepto 09.- Otros.

Concepto 163: Gastos sociales de personal laboral

Concepto 164: Complemento familiar.

ARTÍCULO 17.- ATENCIONES DIVERSAS.

Concepto 170: Imprevistos y Funciones no clasificadas.

ARTÍCULO 18.- PERSONAL DOCENTE.

Concepto 180: Retribuciones básicas funcionarios.

Subconcepto 00.- Sueldo y pagas extraordinarias.

Subconcepto 05.- Trienios.

Subconcepto 06.- Otras retribuciones básicas.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 181: Retribuciones complementarias funcionarios.

Subconcepto 00.- Complementos de destino.

Subconcepto 01.- Complemento específico.

Subconcepto 02.- Indemnización por residencia.

Subconcepto 03.- Complementos transitorios.

Subconcepto 04.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 182: Retribuciones en especie funcionarios.

Subconcepto 00.- Casa vivienda.

Subconcepto 01.- Vestuario.

Subconcepto 02.- Bonificaciones.

Subconcepto 09.- Otras.

Concepto 184: Imprevistos y funciones no clasificadas.

Subconcepto 01.- Indemnizaciones judiciales.

Concepto 185: Laboral fijo

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 02.- Horas extraordinarias.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 186: Laboral eventual.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas

Subconcepto 01.- Otras remuneraciones.

Subconcepto 02.- Horas extraordinarias.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 187: Complemento familiar.

Concepto 188: Incentivos al rendimiento.

Subconcepto 00.- Productividad.

Subconcepto 01.- Gratificaciones.

Concepto 189: Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador.

Subconcepto 00.- Seguridad Social.

ARTÍCULO 19.- PERSONAL FUNCIONARIO Y ESTATUTARIO DEL SERVICIO RIOJANO DE SALUD

Concepto 190: Retribuciones básicas. Funcionarios y Estatutarios.

Subconcepto 00.- Sueldos del Grupo A¹. (Excepto personal de Cupo y Evis)

Subconcepto 01.- Sueldos del Grupo A¹. (Personal de Cupo)

Subconcepto 02.- Sueldos del Grupo A². (Excepto personal de cupo)

Subconcepto 03.- Sueldos del Grupo A². Personal de cupo

Subconcepto 04.- Sueldos del Grupo B.

Subconcepto 05.- Sueldos del Grupo C¹.

Subconcepto 06.- Sueldos del Grupo C².

Subconcepto 07.- Sueldos del Grupo E.

Subconcepto 08.- Trienios.

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 191: Retribuciones complementarias. Funcionarios y Estatutarios.

Subconcepto 00.- Complemento de destino.

Subconcepto 01.- Complemento específico personal no sanitario.

Subconcepto 02.- Complemento específico personal sanitario facultativo.

Subconcepto 03.- Complemento específico personal sanitario no facultativo.

Subconcepto 04.- Turnicidad personal sanitario no facultativo.

Subconcepto 05.- Turnicidad personal no sanitario.

Subconcepto 06.- Indemnización por residencia.

Subconcepto 07.- Complemento de atención continuada personal sanitario facultativo.

Subconcepto 08.- Complemento de atención continuada personal sanitario no facultativo.

Subconcepto 09.- Complemento de atención continuada personal no sanitario.

Subconcepto 10.- Complemento de atención continuada personal de cupo preintegrado

Subconcepto 11.- Otros complementos absorbibles

Subconcepto 12.- Retribuciones complementarias de cupo

Subconcepto 13.- Otros complementos

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 192: Retribuciones de funcionarios en prácticas.

Subconcepto 00.- Sueldos del Grupo A¹

Subconcepto 01.- Sueldos del Grupo A²

Subconcepto 02.- Sueldos del Grupo C¹

Subconcepto 03.- Sueldos del Grupo C²

Subconcepto 04.- Sueldos del Grupo E

Subconcepto 05.- Trienios

Subconcepto 06.- Retribuciones complementarias

Subconcepto 99.- Incremento salarial

Concepto 193: Retribuciones de otro personal estatutario temporal

Subconcepto 00.- Sueldos del Grupo A¹

Subconcepto 01.- Sueldos del Grupo A²

Subconcepto 02.- Sueldos del Grupo C¹

Subconcepto 03.- Sueldos del Grupo C²

Subconcepto 04.- Sueldos del Grupo E

Subconcepto 06.- Retribuciones complementarias.

Subconcepto 99.- Incremento salarial

Concepto 194: Laboral fijo.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas y otras remuneraciones

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 195: Laboral eventual.

Subconcepto 00.- Retribuciones básicas y otras remuneraciones.

Subconcepto 10.- Personal contratado de investigación

Subconcepto 11.- Otro personal

Subconcepto 99.- Incremento salarial.

Concepto 196: Incentivos al rendimiento.

Subconcepto 00.- Productividad personal funcionario por desempeño del puesto

Subconcepto 01.- Productividad personal funcionario por cumplimiento de objetivos.

Subconcepto 02.- Productividad personal estatutario factor fijo.

Subconcepto 03.- Productividad personal de asistencia pública domicilio factor fijo.

Subconcepto 04.- Productividad personal estatutario factor variable.

Subconcepto 05.- Gratificaciones.

Subconcepto 06.- Productividad.

Concepto 197: Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador del personal funcionario, estatutario y personal no laboral.

Subconcepto 00.- Seguridad Social.

Subconcepto 01.- Prestaciones complementarias Pensiones a funcionarios.

Subconcepto 02.- Prestaciones complementarias Pensiones a familiares.

Subconcepto 03.- Prestaciones complementarias Pensiones excepcionales.

Subconcepto 04.- Prestaciones complementarias Indemnizaciones por jubilaciones anticipadas.

Subconcepto 05.- Formación y perfeccionamiento de personal.

Subconcepto 06.- Economatos y comedores.

Subconcepto 07.- Transporte de personal.

Subconcepto 08.- Acción social.

Subconcepto 09.- Seguros.

Subconcepto 10.- Ayudas a pensionistas de la Mutualidad de previsión

Subconcepto 11.- Otros.

Concepto 198: Gastos sociales de personal laboral

Subconcepto 05.- Formación y perfeccionamiento del personal

Subconcepto 06.- Economatos y comedores

Subconcepto 07.- Transporte de personal

Subconcepto 08.- Acción social

Subconcepto 09.- Seguros

Subconcepto 11.- Otros

Concepto 199.- Otras retribuciones.

Subconcepto 00.- En especie.

Subconcepto 01.- Retribuciones Tribunales.

Subconcepto 02.- Retribución Oposiciones y Concursos.

Subconcepto 09.- Otras.

CAPÍTULO 2.- GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 20.- ARRENDAMIENTOS Y CÁNONES

Concepto 200: Terreno y bienes naturales.

Concepto 202: Edificios y otras construcciones.

Concepto 203: Maquinaria, instalaciones y utillaje.

Concepto 204: Material de transporte.

Concepto 205: Mobiliario y enseres.

Concepto 206: Equipos para proceso de información

Concepto 208: Otro inmovilizado material.

Concepto 209: Cánones.

ARTÍCULO 21.- REPARACIONES, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN.

Concepto 210: Terrenos y bienes naturales.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 211: Bienes destinados al uso general.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 212: Edificios y otras construcciones.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 213: Maquinaria, instalaciones y utillajes.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 214: Elementos de transporte.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 215: Mobiliario y enseres.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 216: Equipos para proceso de información.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

Concepto 219: Otro inmovilizado material.

Subconcepto 00.- Inmovilizado propio.

Subconcepto 01.- Inmovilizado arrendado.

ARTÍCULO 22.- MATERIAL, SUMINISTROS Y OTROS.

Concepto 220: Material de oficina.

Subconcepto 00.- Ordinario no inventariable.

Subconcepto 01.- Prensa, revistas, libros y otras publicaciones.

Subconcepto 02.- Material informático no inventariable.

Concepto 221: Suministros.

Subconcepto 00.- Energía Eléctrica.

Subconcepto 01.- Agua.

Subconcepto 02.- Gas.

Subconcepto 03.- Combustibles y carburantes.

Subconcepto 04.- Vestuario.

Subconcepto 05.- Productos alimenticios.

Subconcepto 06.- Productos farmacéuticos.

Subconcepto 07.- Materiales especiales.

Subconcepto 10.- Lencería.

Subconcepto 11.- Productos farmacéuticos de uso hospitalario.

Subconcepto 12.- Asociación de donantes de sangre.

Subconcepto 13.- Implantes para consumo y reposición

Subconcepto 14.- Material de laboratorio

Subconcepto 15.- Material de radiología

Subconcepto 16.- Material de medicina nuclear

Subconcepto 17.- Otro material sanitario

Subconcepto 18.- Material no sanitario para consumo y reposición

Subconcepto 19.- Banco de sangre

Subconcepto 20.- Hemoderivados.

Subconcepto 21.- Instrumental y pequeño utillaje sanitario.

Subconcepto 22.- Instrumental y pequeño utillaje no sanitario.

Subconcepto 23.- Calzado.

Subconcepto 99.- Otros suministros.

Concepto 222: Comunicaciones.

Subconcepto 00.- Telefónicas.

Subconcepto 01.- Postales.

Subconcepto 02.- Telegráficas.

Subconcepto 03.- Télex y telefax.

Subconcepto 04.- Informáticas.

Subconcepto 99.- Otras.

Concepto 223: Transportes.

Concepto 224: Primas de seguros.

Subconcepto 00.- Edificios y locales.

Subconcepto 01.- De vehículos.

Subconcepto 02.- De otro inmovilizado.

Subconcepto 99.- Otros riesgos.

Concepto 225: Tributos.

Subconcepto 00.- Locales.

Subconcepto 01.- Autonómicas.

Subconcepto 02.- Estatales.

Concepto 226: Gastos diversos.

Subconcepto 01.- Atenciones protocolarias y representativas.

Subconcepto 02.- Publicidad y propaganda.

Subconcepto 03.- Jurídicos contenciosos.

Subconcepto 04.- Gastos derivados de asistencia religiosa.

Subconcepto 06.- Reuniones, conferencias y cursos.

Subconcepto 07.- Ferias y Exposiciones.

Subconcepto 99.- Otros.

Concepto 227: Trabajos realizados por otras empresas.

Subconcepto 00.- Limpieza y aseo.

Subconcepto 01.- Seguridad.

Subconcepto 02.- Valoraciones y peritajes.

Subconcepto 03.- Postales.

Subconcepto 04.- Custodia, depósitos y almacenaje.

Subconcepto 05.- Procesos electorales.

Subconcepto 06.- Estudios y trabajos técnicos.

Subconcepto 07.- Servicios de carácter informático.

Subconcepto 08.- Servicios de gestión recaudatoria

Subconcepto 09.- Servicios de gestión de prestaciones

Subconcepto 10.- Estudios y proyectos de investigación.

Subconcepto 12.- Servicios contratados de comedor.

Subconcepto 99.- Otros.

Concepto 229: Gastos funcionamiento de centros docentes públicos no universitarios.

ARTÍCULO 23.- INDEMNIZACIÓN POR RAZÓN DEL SERVICIO.

Concepto 230: Dietas.

Concepto 231: Locomoción.

Concepto 232: Traslados.

Concepto 233: Otras indemnizaciones.

ARTÍCULO 25.- ASISTENCIA SANITARIA CON MEDIOS AJENOS

Concepto 251: Conciertos con instituciones de atención primaria

Subconcepto 00.- Con Instituciones del Estado

Subconcepto 01.- Con Comunidades Autónomas

Subconcepto 02.- Con Entes Territoriales

Subconcepto 03.- Con Entes u Organismos Internacionales

Subconcepto 04.- Con Entidades Privadas

Subconcepto 05.- Con Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social

Subconcepto 08.- Con otras Entidades del Sistema

Concepto 252: Conciertos con instituciones de atención especializada

Subconcepto 00.- Con Instituciones del Estado

Subconcepto 01.- Con Comunidades Autónomas

Subconcepto 02.- Con Entes Territoriales

Subconcepto 03.- Con Entes u Organismos Internacionales

Subconcepto 04.- Con Entidades Privadas

Subconcepto 05.- Con Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

Subconcepto 08.- Con otras Entidades del Sistema.

Subconcepto 09.- Con Entidades creadas por Ley 15/1997.

Concepto 253: Conciertos para programas especiales de hemodiálisis

Subconcepto 01.- Hemodiálisis en centros hospitalarios

Subconcepto 02.- Club de diálisis

Subconcepto 03.- Otras hemodiálisis en centros no hospitalarios

Concepto 254: Conciertos con centros o servicios de diagnóstico y tratamiento y terapias

Subconcepto 01.- Conciertos para litotricias renales extracorpóreas.

Subconcepto 02.- Terapia de la insuficiencia respiratoria a domicilio. Oxigenoterapia

Subconcepto 03.- Terapia de la insuficiencia respiratoria a domicilio. Aresolterapia

Subconcepto 04.- Terapia de la insuficiencia respiratoria a domicilio. Otras terapias

Subconcepto 05.- Conciertos para resonancia nuclear magnética

Subconcepto 06.- Conciertos para T.A.C.

Subconcepto 07.- Otros conciertos de diagnóstico por imagen

Subconcepto 08.- Conciertos para rehabilitación-fisioterapia

Subconcepto 09.- Conciertos para alergias

Subconcepto 10.- Otros servicios especiales

Concepto 255: Conciertos para el programa especial de transporte

Subconcepto 01.- Servicios concertados de ambulancias

Subconcepto 02.- Traslados de enfermos con otros medios de transporte

Concepto 256: Conciertos con instituciones y administradas y financiadas por la S.S.

Concepto 257: Servicios concertados para colaboración

Concepto 258: Otros servicios de asistencia sanitaria

Subconcepto 01.- Reintegro de gastos de asistencia sanitaria

Subconcepto 02.- Otros servicios de asistencia sanitaria

Subconcepto 03.- Convenios con universidades: plazas vinculadas

CAPÍTULO 3.- GASTOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 30.- DE DEUDA PÚBLICA INTERIOR.

Concepto 300: Intereses.

Concepto 309: Gastos de emisión, modificación y cancelación.

ARTÍCULO 31.- DE PRÉSTAMOS DEL INTERIOR

Concepto 310: Intereses.

Concepto 319: Gastos de formalización, modificación y cancelación.

Subconcepto 00.- A formalizar para financiación ejercicios anteriores.

Subconcepto 01.- A formalizar para financiación ejercicio vigente.

ARTÍCULO 32.- DE DEUDA PÚBLICA EXTERIOR.

Concepto 320: Intereses.

Concepto 321: Gastos de emisión, modificación y cancelación.

ARTÍCULO 33.- DE PRÉSTAMOS DEL EXTERIOR.

Concepto 330: Intereses

Concepto 331: Gastos de emisión, modificación y cancelación.

ARTÍCULO 34.- DE DEPÓSITOS, FIANZAS Y OTROS.

Concepto 340: Intereses de depósitos.

Concepto 341: Intereses de fianzas

Concepto 342: Intereses de demora.

Concepto 349: Otros gastos financieros.

CAPÍTULO 4.- TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

ARTÍCULO 40.- A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 41.- A ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 42.- AL ESTADO

Concepto 420: A la Administración General del Estado

Concepto 421: A Organismos Autónomos.

Concepto 422: A la Seguridad Social.

Concepto 423: A Entidades Públicas Empresariales y otros Organismos Públicos.

Concepto 424: A Sociedades Mercantiles Estatales.

Concepto 425: A Fundaciones Estatales.

ARTÍCULO 43.- A ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 44.- AL RESTO DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

Concepto 440: A Sociedades públicas

Concepto 441: A Fundaciones

Concepto 442: A Consorcios.

Concepto 449. A Otros entes públicos

ARTÍCULO 45.- A COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

ARTÍCULO 46.- A CORPORACIONES LOCALES.

Concepto 460: A Diputaciones.

Concepto 461: A Ayuntamientos.

Concepto 462: A Mancomunidades de Municipios.

Concepto 463: A otras entidades locales.

ARTÍCULO 47.- A EMPRESAS PRIVADAS.

ARTÍCULO 48.- A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

ARTÍCULO 49.- AL EXTERIOR.

CAPÍTULO 6.- INVERSIONES REALES.

ARTÍCULO 60.-INVERSIÓN NUEVA EN INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL.

Concepto 600: Terrenos y bienes naturales.

Concepto 601: Infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

ARTÍCULO 61.- INVERSIÓN DE REPOSICIÓN EN INFRAESTRUCTURA Y BIENES DESTINADOS AL USO GENERAL.

Concepto 610: Terrenos y bienes naturales.

Concepto 611: Infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

ARTÍCULO 62.- INVERSIÓN NUEVA ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVICIOS.

Concepto 620: Terrenos y bienes naturales.

Concepto 622: Edificios y otras construcciones.

Concepto 623: Maquinaria, instalaciones y utillaje.

Concepto 624: Elementos de transporte.

Concepto 625: Mobiliario y enseres.

Concepto 626: Equipos para procesos de información.

Concepto 627: Proyectos complejos.

Concepto 629: Otros activos materiales.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

ARTÍCULO 63.- INVERSIÓN DE REPOSICIÓN ASOCIADA AL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE LOS SERVICIOS.

ARTÍCULO 64.- GASTOS DE INVERSIONES DE CARÁCTER INMATERIAL.

Concepto 640: Concesiones administrativas.

Concepto 641: Propiedad industrial.

Concepto 642: Fondo de Comercio.

Concepto 643: Derechos de traspaso.

Concepto 644: Aplicaciones informáticas.

Concepto 645: Propiedad intelectual.

Concepto 646: Gastos de investigación y desarrollo.

Concepto 647: Arrendamiento financiero.

Concepto 648: Otro inmovilizado inmaterial.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

ARTÍCULO 65.- GASTOS DE INVERSIONES EN PATRIMONIO HISTÓRICO.

Concepto 650: Inversiones en Patrimonio Histórico destinado al uso general.

Concepto 651: Inversiones en Patrimonio Histórico destinado al funcionamiento operativo de losservicios.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

ARTÍCULO 66.- INVERSIONES GESTIONADAS PARA OTROS ENTES.

Concepto 660: Terrenos y bienes naturales.

Concepto 661: Infraestructuras y bienes destinados al uso general.

Concepto 662: Edificios y otras construcciones.

Concepto 663: Maquinaria, instalaciones y utillaje.

Concepto 664: Elementos de transporte.

Concepto 665: Mobiliario y enseres.

Concepto 666: Equipos para procesos de información.

Concepto 667: Proyectos complejos.

Concepto 668: Otro inmovilizado inmaterial

Concepto 669: Otros activos materiales.

Los conceptos podrán subdividirse en los siguientes subconceptos:

Subconcepto 00.- Adquisición.

Subconcepto 01.- Construcción.

Subconcepto 02.- Gastos inherentes por transmisión de propiedad.

Subconcepto 03.- Incorporación de bienes y servicios.

CAPÍTULO 7.- TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.

ARTÍCULO 70.- A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 71.- A ORGANISMOS AUTÓNOMOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 72.- AL ESTADO

Concepto 720: A la Administración General del Estado

Concepto 721: A Organismos Autónomos.

Concepto 722: A la Seguridad Social.

Concepto 723: A Entidades Públicas Empresariales y otros Organismos Públicos.

Concepto 724: A Sociedades Mercantiles Estatales.

Concepto 725: A Fundaciones Estatales.

ARTÍCULO 73.- A ENTIDADES PÚBLICAS EMPRESARIALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

ARTÍCULO 74.- A OTROS ENTES PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA.

Concepto 740: A Sociedades públicas

Concepto 741: A Fundaciones

Concepto 742: A Consorcios.

Concepto 749: A Otros Entes Públicos

ARTÍCULO 75.- A COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

ARTÍCULO 76.- A CORPORACIONES LOCALES

Concepto 760: A Diputaciones.

Concepto 761: A Ayuntamientos.

Concepto 762: A Mancomunidades de Municipios.

Concepto 763: A otras entidades locales.

ARTÍCULO 77.- A EMPRESAS PRIVADAS.

ARTÍCULO 78.- A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO.

ARTÍCULO 79.- AL EXTERIOR.

CAPÍTULO 8.- ACTIVOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 80: ADQUISICIÓN DE DEUDA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 800: A corto plazo.

Subconcepto 00.- De la Administración General del Estado.

Subconcepto 01.- De Organismos Autónomos.

Subconcepto 02.- De la Seguridad Social.

Subconcepto 03.- De Entidades Públicas Empresariales y otros Organismos Públicos

Subconcepto 04.- De Sociedades Mercantiles Estatales.

Subconcepto 05.- De Comunidades Autónomas.

Subconcepto 06.- De Corporaciones Locales.

Subconcepto 07.- De la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subconcepto 08.- De Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Subconcepto 09.- De Entidades Públicas Empresariales.

Subconcepto 10.- De Sociedades Públicas.

Subconcepto 11.- De Fundaciones.

Subconcepto 12.- De Consorcios.

Subconcepto 13.- De Otros Entes Públicos.

Concepto 801: A largo plazo.

ARTÍCULO 81.- ADQUISICIÓN DE OBLIGACIONES Y BONOS FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 810: A corto plazo.

Subconcepto 07.- Empresas Privadas.

Subconcepto 08.- Familias e instituciones sin fines de lucro.

Subconcepto 09.- Exterior.

Concepto 811: A largo plazo.

Subconcepto 07.- Empresas Privadas.

Subconcepto 08.- Familias e instituciones sin fines de lucro.

Subconcepto 09.- Exterior.

ARTÍCULO 82.- CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS AL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 820: Préstamos a corto plazo.

Concepto 821: Préstamos a largo plazo.

ARTÍCULO 83: CONCESIÓN DE PRÉSTAMOS FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 830: Préstamos a corto plazo.

Concepto 831: Préstamos a largo plazo.

ARTÍCULO 84.- CONSTITUCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS.

Concepto 840: Depósitos

Subconcepto 00.- A corto plazo.

Subconcepto 01.- A largo plazo.

Concepto 841: Fianzas.

Subconcepto 00.- A corto plazo.

Subconcepto 01.- A largo plazo.

ARTÍCULO 85.- ADQUISICIÓN DE ACCIONES DENTRO DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 850: Compra de acciones de Sociedades Autonómicas.

Concepto 855: Compra de acciones de Sociedades Estatales.

Concepto 856: Compra de acciones de Sociedades de las Corporaciones Locales.

ARTÍCULO 86.- ADQUISICIÓN DE ACCIONES FUERA DEL SECTOR PÚBLICO.

Concepto 860: De Empresas Nacionales.

Concepto 861: De Empresas Extranjeras.

ARTÍCULO 87.- COBERTURA DE RIESGOS ASUMIDOS EN AVALES.

Concepto 870.- Cobertura de riesgos asumidos en avales

CAPÍTULO 9.- PASIVOS FINANCIEROS.

ARTÍCULO 90.- AMORTIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA INTERIOR.

Concepto 900: Amortización de Deuda Pública a corto plazo.

Concepto 901: Amortización de Deuda Pública a largo plazo.

ARTÍCULO 91.- AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS DEL INTERIOR.

Concepto 910: Amortización de préstamos a corto plazo de Entes del Sector Público.

Concepto 911: Amortización de préstamos a largo plazo de Entes del Sector Público.


Concepto 912: Amortización de préstamos a corto plazo de Entes fuera del Sector Público.

Concepto 913: Amortización de préstamos a largo plazo de Entes de fuera del sector público.

ARTÍCULO 92.- AMORTIZACIÓN DE DEUDA PÚBLICA EXTERIOR.

Concepto 920: Amortización de deuda pública exterior a corto plazo.

Concepto 921: Amortización de deuda pública exterior a largo plazo.

ARTÍCULO 93.- AMORTIZACIÓN DE PRÉSTAMOS DEL EXTERIOR.

Concepto 930: Amortización de préstamos del exterior a corto plazo.

Concepto 931: Amortización de préstamos del exterior a largo plazo.

ARTÍCULO 94.- DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS

Concepto 940: Devolución de depósitos.

Concepto 941: Devolución de fianzas.

ARTÍCULO 95.- CANCELACIÓN PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS AVALADOS

Concepto 950: Cobertura de riesgos asumidos en avales.

CLASIFICACIÓN FUNCIONAL DE LOS PRESUPUESTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

ESTRUCTURA FUNCIONAL

GRUPO 0.- DEUDA PÚBLICA.

FUNCIÓN 01.- DEUDA PÚBLICA.

Subfunción 0.1.1.- Deuda Pública de la Comunidad Autónoma.

GRUPO 1.- SERVICIOS DE CARÁCTER GENERAL

FUNCIÓN 1.1.- ALTA DIRECCIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA Y DEL GOBIERNO

Subfunción 1.1.1.- Alta Dirección de la Comunidad Autónoma.

Subfunción 1.1.2.-Alta Dirección del Gobierno

FUNCIÓN 1.2.- ADMINISTRACIÓN GENERAL.

Subfunción 1.2.1.- Servicios Generales y Función Pública.

Subfunción 1.2.2..- Gastos de la Administración Local.

Subfunción 1.2.6.- Otros servicios generales.

FUNCIÓN 1.3.- RELACIONES EXTERIORES.

Subfunción 1.3.1.- Administración, Acción Exterior y Cooperación Internacional.

FUNCIÓN 1.4.- JUSTICIA.

GRUPO 2.- PROTECCIÓN CIVIL

FUNCIÓN 2.1.- PROTECCIÓN CIVIL.

Subfunción 2.1.1.- Protección Civil.

GRUPO 3.- PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL

FUNCIÓN 3.1.- PROTECCIÓN SOCIAL

Subfunción 3.1.1.- Administración General de Bienestar Social.

Subfunción 3.1.2.- Acción Social.

Subfunción 3.1.5.- Relaciones Laborales.

FUNCIÓN 3.2.- PROMOCIÓN SOCIAL

Subfunción 3.2.1.- Promoción Educativa.

Subfunción 3.2.2.- Fomento del Empleo y Promoción Industrial y Empresarial.

Subfunción 3.2.4.- Formación profesional no reglada.

GRUPO 4.- PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER SOCIAL

FUNCIÓN 4.1.- SALUD.

Subfunción 4.1.1.- Administración General de Salud.

Subfunción 4.1.2.- Hospitales, Servicios Asistenciales y Centros de Salud.

Subfunción 4.1.3.- Acciones públicas relativas a la salud.

FUNCIÓN 4.2.- EDUCACIÓN.

Subfunción 4.2.1.- Administración General de Educación.

Subfunción 4.2.2.- Enseñanza.

FUNCIÓN 4.3.- VIVIENDA Y URBANISMO.

Subfunción 4.3.1.- Vivienda

Subfunción 4.3.2.- Urbanismo.

FUNCIÓN 4.4.- MEDIO AMBIENTE Y BIENESTAR COMUNITARIO

Subfunción 4.4.1.- Infraestructuras municipales.

Subfunción 4.4.2.- Defensa del consumidor.

Subfunción 4.4.3.- Protección y mejora del Medio Ambiente.

FUNCIÓN 4.5.- CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES.

Subfunción 4.5.1.- Administración General de Cultura, Juventud y Deportes.

Subfunción 4.5.2.- Museos, Archivos y Bibliotecas.

Subfunción 4.5.3.- Promoción Cultural.

Subfunción 4.5.4.- Deportes.

Subfunción 4.5.6.- Juventud.

Subfunción 4.5.7.- Patrimonio Histórico-Artístico.

GRUPO 5.- PRODUCCIÓN DE BIENES PÚBLICOS DE CARÁCTER ECONÓMICO

FUNCIÓN 5.1.- INFRAESTRUCTURAS BÁSICAS Y TRANSPORTES.

Subfunción 5.1.1.- Administración General de Obras Públicas.

Subfunción 5.1.2.- Transporte terrestre.

Subfunción 5.1.3.- Reservas hidráulicas.

FUNCIÓN 5.3.- INFRAESTRUCTURAS AGRARIAS.

Subfunción 5.3.1.- Reforma y Desarrollo Agrario.

Subfunción 5.3.2.- Mejora del Medio Natural.

FUNCIÓN 5.4.- INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN.

Subfunción 5.4.1.- Administración General de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Subfunción 5.4.2.- Investigación Básica.

Subfunción 5.4.3.- Investigación y Desarrollo relacionado con la Salud.

Subfunción 5.4.4.- Investigación y Desarrollo relacionado con la Educación.

Subfunción 5.4.5.- Investigación y Desarrollo relacionado con el Medio Ambiente.

Subfunción 5.4.6.- Investigación, Desarrollo e Innovación en materia industrial y empresarial.

Subfunción 5.4.7.- Investigación y Desarrollo relacionado con la Agricultura.

Subfunción 5.4.9.- Investigación y Desarrollo relacionado en otros sectores.

GRUPO 6.- REGULACIÓN ECONÓMICA DEL CARÁCTER GENERAL.

FUNCIÓN 6.1.- REGULACIÓN ECONÓMICA.

Subfunción 6.1.1.- Administración General de Hacienda y Economía.

Subfunción 6.1.2.- Planificación y Presupuesto.

Subfunción 6.1.3.- Fiscalización y Contabilidad.

Subfunción 6.1.4.- Administración y Gestión Tributaria.

Subfunción 6.1.5.- Gestión Patrimonial.

GRUPO 7.- REGULACIÓN ECONÓMICA DE SECTORES PRODUCTIVOS.

FUNCIÓN 7.1.- AGRICULTURA Y GANADERÍA.

Subfunción 7.1.1.- Administración General de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

Subfunción 7.1.2.- Ordenación y mejora de la producción agraria y ganadera.

FUNCIÓN 7.2.- INDUSTRIA.

Subfunción 7.2.1.- Administración General de Industria, Innovación y Relaciones Laborales.

Subfunción 7.2.2.- Actuaciones administrativas sobre la industria, Innovación y Relaciones Laborales.

FUNCIÓN 7.5.- TURISMO.

Subfunción 7.5.1.- Ordenación y promoción turística.

FUNCIÓN 7.6.- COMERCIO.

Subfunción 7.6.1.- Ordenación y promoción del Comercio.

GRUPO 9.- TRANSFERENCIAS A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

FUNCIÓN 9.1.- TRANSFERENCIAS A ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Subfunción 9.1.1.- Transferencias a Administraciones Públicas.

Fecha: 
dimecres, 18 maig, 2011