El registrador se opone a la inscripción de una escritura de constitución de una sociedad, considera que deberán condicionarse las retribuciones que el administrador perciba por relaciones laborales a que el administrador desarrolle como consecuencia de las mismas una actividad distinta a la que le corresponde como órgano de administración y excluyendo las relaciones laborales de alta dirección. De la cláusula debatida resulta que el cargo de administrador es gratuito para todos los administradores, sin perjuicio de la remuneración que puedan corresponderles «en concepto de honorarios o salarios» por «prestación de servicios profesionales o de vinculación laboral», ya que se trata de servicios o relaciones laborales ajenos a las facultades inherentes al cargo de administrador, sin que que conduzca a concluir, que aquéllos sean derivados de su condición de administradores.

Fecha: 
dimecres, 19 maig, 2021