Advertidos errores en el texto de la citada Orden Foral, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 18, de 8 de febrero de 2008, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 1593, columna 2, en el apartado de personal asalariado, la tabla de índices debe ser:
PORCENTAJE INDICE
Más del 10 por 100 0,9
Más del 20 por 100 0,85
Más del 30 por 100 0,8
Más del 40 por 100 0,75
Más del 49 por 100 0,7
En la página 1600, columna 2, en el apartado Ubicación de quioscos la tabla de índices debe ser:
UBICACION DE LOS QUIOSCOS INDICE
Municipios de más de 100.000 habitantes 1
Resto de municipios 0,84
En la página 1600, columna 2 en las actividades de temporada la tabla de índices debe ser:
DURACION DE LA TEMPORADA INDICE
Hasta 60 días de temporada 1,5
De 61 a 120 días de temporada 1,35
De 121 a 180 días de temporada 1,25
En la página 1606, en la columna 1, la tabla de índices debe ser:
DURACION DE LA TEMPORADA INDICE
Hasta 60 días de temporada 1,5
De 61 a 120 días de temporada 1,35
De 121 a 180 días de temporada 1,25
En la página 1606, en la columna 2, la tabla de índices debe ser:
TRAMO COEFICIENTE
Hasta 1,00 1
Entre 1,01 y 3,00 0,94
Entre 3,01 y 5,00 0,88
Entre 5,01 y 8,00 0,83
Más de 8,00 0,77
Pamplona, 12 de febrero de 2008.-Servicio del BOLETIN OFICIAL de Navarra.