Comunidades Autónomas

ORDEN IYJ/1279/2010, de 9 de septiembre, por la que se nombran Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles para su destino en la Comunidad de Castilla y León.



El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».

Fecha: 
dijous, 23 setembre, 2010

Orden de 14 de septiembre de 2010 por la que se otorgan nombramientos a registradoras de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles pertenecientes al cuerpo de aspirantes para los registros vacantes en la comunidad autónoma.



El nombramiento de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles que desempeñen funciones en Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.





Fecha: 
dimecres, 22 setembre, 2010

DECRETO 36/2010, de 16 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011.

    Con el fin de adecuar las fiestas laborales a las necesidades del sistema productivo y a las demandas sociales, en un marco de respeto a las fiestas tradicionales de esta Comunidad Autónoma, y haciendo uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, por el que se regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de trabajo a la Comunidad de Castilla y León, así como por el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legisla
Fecha: 
dimecres, 22 setembre, 2010

Corrección de errores a la publicación de la Ley 5/2009, de 15 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2010.



Advertido error en la publicación de la Ley 5/2009, de 15 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2010, efectuada en el Boletín Oficial de La Rioja nº 159 de 23 de diciembre de 2009, se procede a su corrección en los términos que se expresan:



Donde dice:



Fecha: 
dimecres, 22 setembre, 2010

Ley 6/2010, de 13 de septiembre, por la que se modifica la Ley 5/2009, de 15 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2010.



EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA



Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:




EXPOSICIÓN DE MOTIVOS




Fecha: 
dimecres, 22 setembre, 2010

CORRECCIÓN DE ERRATA en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña



CORRECCIÓN DE ERRATA

en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, pág. 61261, de 5.8.2010).

Habiendo observado una errata en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5686, de 5.8.2010, se detalla su oportuna corrección:

Fecha: 
dilluns, 20 setembre, 2010

CORRECCIÓN DE ERRATA en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.



CORRECCIÓN DE ERRATA

en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC núm. 5537, pág. 97667, de 31.12.2009).

Habiendo observado una errata en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5537, de 31.12.2009, se detalla su oportuna corrección:

En la página 97678, en el artículo 11, donde dice:

Fecha: 
dilluns, 20 setembre, 2010

DECRETO 125/2010, de 14 de septiembre, de modificación del Plan de contabilidad de las fundaciones y las asociaciones sujetas a la legislación de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto 259/2008, de 23 de diciembre.



De conformidad con el artículo 118 del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Generalidad de Cataluña ha asumido plenas competencias en materia de asociaciones y fundaciones.

De acuerdo con lo que establece el artículo 333-12 del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, aprobado por la Ley 4/2008, del 24 de abril, las cuentas anuales de las fundaciones son públicas.

Fecha: 
dijous, 16 setembre, 2010

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