El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, dispone en su artículo 76.14.º que «Corresponde a la Comunidad de Castilla y León, en los términos que establezcan las leyes y las normas reglamentarias que en su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en la materia de nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles que hayan obtenido plaza en el territorio de la Comunidad de acuerdo con las leyes estatales».
Fecha: dijous, 23 setembre, 2010
Fecha: dimecres, 22 setembre, 2010
El nombramiento de registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles que desempeñen funciones en Galicia es competencia de esta comunidad autónoma, según lo dispuesto en el artículo 26.1º del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981.
Fecha: dimecres, 22 setembre, 2010
Con el fin de adecuar las fiestas laborales a las necesidades del sistema productivo y a las demandas sociales, en un marco de respeto a las fiestas tradicionales de esta Comunidad Autónoma, y haciendo uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, por el que se regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de trabajo a la Comunidad de Castilla y León, así como por el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legisla Fecha: dimecres, 22 setembre, 2010
Advertido error en la publicación de la Ley 5/2009, de 15 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2010, efectuada en el Boletín Oficial de La Rioja nº 159 de 23 de diciembre de 2009, se procede a su corrección en los términos que se expresan:
Donde dice:
Fecha: dimecres, 22 setembre, 2010
EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA
Sepan todos los ciudadanos que el Parlamento de La Rioja ha aprobado, y yo, en nombre de su Majestad el Rey y de acuerdo con el que establece la Constitución y el Estatuto de Autonomía, promulgo la siguiente Ley:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Fecha: dimecres, 22 setembre, 2010
CORRECCIÓN DE ERRATA
en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña (DOGC núm. 5686, pág. 61261, de 5.8.2010).
Habiendo observado una errata en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5686, de 5.8.2010, se detalla su oportuna corrección: Fecha: dilluns, 20 setembre, 2010
CORRECCIÓN DE ERRATA
en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas (DOGC núm. 5537, pág. 97667, de 31.12.2009).
Habiendo observado una errata en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5537, de 31.12.2009, se detalla su oportuna corrección:
En la página 97678, en el artículo 11, donde dice: Fecha: dilluns, 20 setembre, 2010
De conformidad con el artículo 118 del Estatuto de autonomía de Cataluña, la Generalidad de Cataluña ha asumido plenas competencias en materia de asociaciones y fundaciones.
De acuerdo con lo que establece el artículo 333-12 del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, aprobado por la Ley 4/2008, del 24 de abril, las cuentas anuales de las fundaciones son públicas. Fecha: dijous, 16 setembre, 2010
CORRECCIÓN DE ERRATAS
en la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones (DOGC núm. 5648, pág. 45299, de 11.6.2010).
Habiendo observado erratas en el texto de la citada Ley, se detallan sus oportunas correcciones:
En la página 45306, en el artículo 12.3.b, donde dice: Fecha: dijous, 16 setembre, 2010
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