Vista la solicitud de autorización presentada por el Ayuntamiento de Villabona, para compensar la previsión legal de ejecución de edificabilidad urbanística residencial de protección pública entre diferentes ámbitos del municipio, en cuanto que el estándar suprimido en ciertos ámbitos se suple con el introducido en otros ámbitos nítidamente señalados.
HECHOS
La Ley de Cantabria 6/2009, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y de Contenido Financiero modifi có la redacción del artículo 34.2 de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, permitiendo que las Voluntades Previas se formalicen, además de ante notario ó ante testigos, ante los funcionarios de la Consejería competente en materia de sanidad expresamente habilitados para tal función en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Fecha: divendres, 20 gener, 2012
La Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, regula en su Título VII las condiciones que deben reunir, entre otros entornos, las vías públicas, las edificaciones y los medios de transporte, de manera que resulten accesibles a las personas con discapacidad. En desarrollo de la citada Ley, se ha aprobado el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.
Habiendo observado erratas en el texto de la citada Ley, enviado al DOGC y publicado en el núm. 6035, pág. 66483, de 30.12.2011, se detalla su oportuna corrección:
En la página 66487, preámbulo, apartado II, párrafo octavo, donde dice:
La Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias, en su artículo 4 regula la distribución del Bloque de Financiación Canario entre Comunidad Autónoma de Canarias, Cabildos Insulares y Ayuntamientos, estableciendo en su apartado segundo que la referida distribución se realizará conforme al procedimiento que establezca el titular del departamento competente en materia de Hacienda.
Advertido error en la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 256, de 30 de diciembre de 2011, se procede a su subsanación mediante la publicación de la correspondiente rectificación:
La Orden Foral 259/1999, de 29 de diciembre, aprobó el modelo de declaración 193 de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y sobre determinadas rentas del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, que no sean objeto de otros modelos de retenciones o ingresos a cuenta, así como los diseños físicos y lógicos para la presentación e
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