- El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 30 que «Los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados para su destino en la Comunidad por la Junta de Castilla y León, de conformidad con las Leyes del Estado».
La Dirección General de los Registros y del Notariado, mediante Resolución de 24 de junio de 2004, ha resuelto el concurso ordinario convocado por Resolución de 13 de mayo de 2004. Asimismo y mediante escrito de fecha 8 de septiembre de 2004, comunica la relación de los Notarios que han obtenido plaza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de septiembre de 2004, adopta el siguiente
ACUERDO:
Nombrar a los Notarios para su destino en la Comunidad de Castilla y León que se relacionan en el Anexo.
Valladolid, a 30 de septiembre de 2004.
El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Fdo.: Juan Vicente Herrera Campo
El Consejero de Presidencia y Administración Territorial,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco
Fecha:
dimecres, 6 octubre, 2004