Boletín Oficial de Estado
Advertidos errores y erratas en la publicación de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 309, de 24 de diciembre de 2008, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
La regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se contiene fundamentalmente en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, y en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Fecha: dimecres, 25 febrer, 2009
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 62.e) y 100 de la Constitución, y a propuesta del Presidente del Gobierno,
Vengo en disponer el cese, a petición propia, de don Mariano Fernández Bermejo como Ministro de Justicia, agradeciéndole los servicios prestados.
Dado en Madrid, el 23 de febrero de 2009.
JUAN CARLOS R.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 62.e) y 100 de la Constitución, y a propuesta del Presidente del Gobierno,
Vengo en nombrar Ministro de Justicia a don Francisco Caamaño Domínguez.
Dado en Madrid, el 23 de febrero de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
Fecha: dimecres, 18 febrer, 2009
En el recurso contencioso-administrativo 7/2007, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales D.ª María Granizo Palomeque, en nombre y representación de la Asociación de Abogados Laboralistas de Trabajadores de la Comunidad de Madrid, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 16 de diciembre de 2008, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del notario de Puertollano, don Daniel Jesús Fernández Quirós, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
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