Boletín Oficial de Estado
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
PREÁMBULO
I
Uno de los principios clave que inspiran toda la legislación financiera y la actividad supervisora en el ámbito del mercado de productos y servicios bancarios es la protección al cliente bancario. Este principio implica que el cliente debe disponer de información suficiente para fundamentar su decisión de contratación, y esta información debe ser veraz.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 284.3 de la Ley hipotecaria y 503 del Reglamento hipotecario y, supletoriamente, el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se anuncian para su provisión por concurso entre miembros del cuerpo de aspirantes a registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles constituido por Orden JUS/1150/2010, de 26 de abril (BOE de 6.5.2010), las vacantes existentes.
Uno de los principios clave que inspiran toda la legislación financiera y la actividad supervisora en el ámbito del mercado de valores es la protección al inversor. Este principio implica que el inversor debe disponer de información suficiente para fundamentar su decisión de inversión, y esta información debe ser veraz. Por ello existen en el ordenamiento diversas previsiones que obligan a los actores de los mercados de valores a ofrecer información y asumir obligaciones de transparencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 148, de 18 de junio de 2010.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.
La Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, estableció un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en la Caja General de Depósitos y sus sucursales. Esta Orden se ha visto modificada posteriormente en diversas ocasiones para facilitar la realización de los ingresos por los ciudadanos, adaptando los procedimientos a los nuevos avances tecnológicos e incrementando el número de lugares desde donde poder efectuar los ingresos.
Advertidos errores en el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 147, de 17 de junio de 2010, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
1. En la página 51665, Exposición de Motivos, quinto párrafo, donde dice: «Para ello, se regule de manera más completa…», debe decir: «Para ello, se regula de manera más completa…».
I
La crisis financiera y económica de origen internacional que se ha desarrollado desde principios de 2008 ha quebrado la larga senda de crecimiento económico y del empleo que vivió la economía española desde mediados de los noventa y ha tenido como consecuencia más grave una intensa destrucción de empleo y el consecuente aumento del desempleo.
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