Boletín Oficial de Estado
I
Las funciones de fe pública, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación, son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
La disposición final primera del Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, habilita al Ministro del Interior para, previo informe de la Junta Electoral Central, modificar el contenido de sus anexos.
Dichos anexos recogen los modelos de papeletas, sobres, actas y demás impresos a utilizar en el desarrollo de un proceso electoral.
Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 6 de julio de 2012 se modificó el Acuerdo de 5 de mayo de 2006, por el que se aprueba el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil, y se declara pública la parte del Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil que afecta directamente a los pasajeros y aquella que, en el ámbito interno, constituye aplicación de las medidas comunes de seguridad aérea que no tienen carácter de información clasificada de la Unión Europea.
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Martos, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial,
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
La regulación de las elecciones al Parlamento Europeo viene recogida en el Acta relativa a la elección de los representantes en la Asamblea por sufragio universal directo, aneja a la Decisión 76/787 del Consejo, de 20 de septiembre de 1976, modificada por las Decisiones del Consejo 93/81, de 1 de febrero de 1993, y 95/1, de 1 de enero de 1995.
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Estella-Lizarra, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Navarra, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial.
I
Los precios voluntarios para el pequeño consumidor y las tarifas de último recurso se encuentran regulados en el artículo 17 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
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