Advertidos errores en el Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 30, de 4 de febrero de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 9902, en el apartado Dos, el párrafo a) del artículo 6.1, donde dice: «a) Conforme a lo previsto en el apartado 5 del artículo anterior», debe decir: «a) Conforme a lo previsto en el apartado 7 del artículo anterior». Fecha: Miércoles, 15 Febrero, 2012
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario de Sevilla, don Luis Marín Sicilia, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
La crisis económica que atraviesa España desde 2008 ha puesto de relieve las debilidades del modelo laboral español. La gravedad de la crisis actual no tiene precedentes. España ha destruido más empleo, y más rápidamente, que las principales economías europeas. Los datos de la última Encuesta de Población Activa describen bien esta situación: la cifra de paro se sitúa en 5.273.600 personas, con un incremento de 295.300 en el cuarto trimestre de 2011 y de 577.000 respecto al cuarto trimestre de 2010.
Vista la instancia del Notario de Mejorada del Campo, don Juan José Sosa Alguacil-Carrasco, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años.
El artículo 13 del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, viene a prorrogar la regulación contenida en el artículo 132 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, referido a bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, desempleo, cese de actividad de los trabajadores autónomos, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el citado ejercicio, con las modifi
Las modificaciones producidas mediante el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, han afectado a la composición del consejo rector de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, regulada en el artículo 9 del Estatuto de dicha Agencia, aprobado por Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre.
El Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, ha dado nueva redacción a los artículos 51 y 47 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, referentes a los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos de trabajo y reducción de jornada.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 48, de 25 de febrero de 2012.
Páginas
|