¿Cuántos tomos puedo consultar al día?
El usuario puede solicitar hasta un máximo de diez tomos diarios. Sin embargo, el Archivo se reserva el derecho de rebajar esta cifra en función de la afluencia de usuarios.
Si no he acabado de consultar la documentación solicitada, ¿puedo dejarla en reserva?
Sí, el usuario podrá reservar la documentación que tenga que seguir utilizando hasta un máximo de quince días y de tres unidades por persona. Pasado este plazo, si el usuario no la ha vuelto a consultar, la documentación será devuelta a depósito.
¿Puedo solicitar reproducciones de la documentación consultada?
Sí, el usuario podrá solicitar su reproducción siempre que el estado de conservación de la documentación lo permita. Aun así, no está permitida la reproducción indiscriminada y sistemática de documentación ni se realizarán las copias al instante. Tendrá que dejarlas encargadas rellenando el formulario de solicitud correspondiente.
¿Puedo consultar documentación de menos de cien años?
No, la documentación notarial debe tener más de cien años para que sea de libre acceso. En el caso de documentación con una antigüedad menor, no se permite la consulta con fines de estudio o investigación histórica. Y, sólo cuando la persona pueda demostrar que tiene derecho y un interés legítimo, podrá solicitar una copia auténtica, dirigiéndose a la notaría, cuando la documentación tenga menos de veinticinco años, o al Archivo General Intermedio, que se encuentra en el núm. 2 de la calle Notariat, cuando la documentación tenga una antigüedad entre veinticinco y cien años.
¿Necesito saber el nombre del notario para localizar una escritura?
Sí, el nombre del notario y el año en que se otorgó el documento son datos básicos. Teniendo en cuenta el elevado volumen documental del AHPB -más de 40.000 volúmenes centenarios- nos será prácticamente imposible localizar la escritura si no tenemos ninguno de estos dos datos.
Quiero localizar un testamento pero no se el año ni ante qué notario se hizo. ¿Qué puedo hacer?
Si el testamento fue redactado con posterioridad a 1886, se puede solicitar en el Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia el certificado de actos de última voluntad, que es el documento que acredita si una persona ha otorgado testamento y ante qué notario. En caso de testamentos anteriores, será muy complicado localizarlo si no sabemos ni el año ni el notario.
La documentación que quiero consultar pertenece a un notario de fuera de Barcelona. ¿También la puedo encontrar en el AHPB?
No, el AHPB sólo conserva la documentación del distrito notarial de Barcelona, integrado únicamente por la capital catalana y, por razones históricas, la documentación de Badalona. En el caso de notarios de otras poblaciones, habrá que ver a qué distrito pertenecen y dirigirse al archivo histórico correspondiente.
Quiero hacer una publicación donde he utilizado documentos del AHPB. ¿Necesito algún tipo de autorización?
No, el único requisito es que se cite su procedencia. En todo caso, para poder contar siempre con una bibliografía actualizada, agradeceríamos que el investigador entregara un ejemplar de las publicaciones donde, de forma importante, haya utilizado documentos de nuestro fondo.