Fecha:
Miércoles, 4 Noviembre, 2020
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Se pretende el acceso al Registro de una escritura de segregación de 1978, otorgada bajo la legislación vigente entonces, acompañada de certificado municipal en la que la propia Administración urbanística reconoce la preexistencia individualizada de la parcela a las vigentes normas urbanísticas. Resulta de aplicación la doctrina de la DG sobre segregaciones de cierta antigüedad amparadas en un título administrativo habilitante, el título administrativo aportado se estima suficiente para amparar la inscripción independiente de la porción segregada ya existente en la realidad, mas sin que proceda practicar actualización alguna en cuanto al resto de la finca matriz, conforme al artículo 47 del Reglamento Hipotecario. |