En el presente recurso el notario reconoce que el registrador Mercantil tiene razón al exigir que se acredite el número de identificación fiscal en la constitución de una sociedad, aplicando el criterio establecido en la Resolución de esta Dirección General 10 de mayo de 2023, pero sólo se limita a exponer que el registrador debería haber consultado la página de la Agencia Tributaria para hacer posible una pronta inscripción.

Fecha: 
Viernes, 15 Noviembre, 2024