Fecha:
Viernes, 7 Febrero, 2025
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El 1 de julio de 2024, don D. H. N. y doña L. A. B. C. vendieron una finca en Fuenlabrada a doña E. S. R. La registradora denegó la inscripción porque don D. H. N. estaba en concurso y no se habían cumplido ciertos requisitos legales: intervención del administrador concursal, autorización judicial y cancelación de cargas. Don D. H. N. recurrió, argumentando que el contrato de arras se firmó antes del concurso y que el dinero de la venta se usó para pagar deudas. |