El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.
El Decreto 40/2005, de 19 de mayo, por el que se regula la utilización de técnicas de administración electrónica por la administración de la Comunidad de Castilla y León, contiene los elementos precisos para la implantación de la administración electrónica e impulsa su utilización en el desarrollo de la actividad y el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, por Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, se creó el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León a través del cual se pueden presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones que se realicen por vía telemática, relativos a los procedimientos administrativos y trámites que se especifican en el Anexo de esta Orden o que en lo sucesivo se incorporen al mismo.
Existiendo nuevos trámites de procedimientos comunes a toda la Administración de la Comunidad de Castilla y León, susceptibles de tramitación telemática es preciso proceder a la modificación del Anexo de la Orden indicada.
Por todo ello,
DISPONGO:
Artículo Único.
Modificar el Anexo de la Orden PAT/136/2005, de 18 de enero, por la que se crea el registro telemático de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establecen criterios generales para la presentación telemática de escritos, solicitudes y comunicaciones de determinados procedimientos administrativos, añadiendo un nuevo apartado con el siguiente contenido:
PROCEDIMIENTOS COMUNES.
Los tramites, procedimientos y formularios incluidos en este apartado tienen la consideración de comunes para toda la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Los órganos competentes, para iniciar, instruir y resolver, se determinan por razón de la materia y de las normas de atribución de competencias.
PROCEDIMIENTO: «Recurso de alzada».
TRÁMITES SUSCEPTIBLES DE REALIZACIÓN ANTE EL REGISTRO TELEMÁTICO: Interposición de recurso de alzada. Para la presentación se utilizarán los modelos normalizados disponibles en el sitio Web de la Junta de Castilla y León «http://www.jcyl.es».
REQUISITOS TÉCNICOS: Para presentar escritos en el registro telemático es necesario disponer de un certificado reconocido: Certificado digital de clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de acuerdo con las previsiones contenidas en la página Web http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm».
PROCEDIMIENTO: «Recurso de reposición».
TRÁMITES SUSCEPTIBLES DE REALIZACIÓN ANTE EL REGISTRO TELEMÁTICO: Interposición de recurso de reposición.
Para la presentación se utilizarán los modelos normalizados disponibles en el sitio Web de la Junta de Castilla y León «http://www.jcyl.es».
REQUISITOS TÉCNICOS: Para presentar escritos en el registro telemático es necesario disponer de un certificado reconocido: Certificado digital de clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de acuerdo con las previsiones contenidas en la página Web http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm».
PROCEDIMIENTO: «Recurso de extraordinario de revisión».
TRÁMITES SUSCEPTIBLES DE REALIZACIÓN ANTE EL REGISTRO TELEMÁTICO: Interposición de recurso extraordinario de revisión.
Para la presentación se utilizarán los modelos normalizados disponibles en el sitio Web de la Junta de Castilla y León «http://www.jcyl.es».
REQUISITOS TÉCNICOS: Para presentar escritos en el registro telemático es necesario disponer de un certificado reconocido: Certificado digital de clase 2CA emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, de acuerdo con las previsiones contenidas en la página Web http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm».
Disposición Final.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 4 de diciembre de 2006.
El Consejero,
Fdo.: Alfonso Fernández Mañueco