CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras.

    Advertidos errores en el texto del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 41, de 16 de febrero de 2008, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

    En la página 8668, al final de la segunda columna, donde dice: «Disposición final cuarta. Carácter básico.», debe decir: «Disposición final cuarta. Carácter básico y títulos competenciales.». Donde dice: «Disposición final sexta», debe decir: «Disposición final quinta».

    En la página 8669, al principio de la primera columna, donde dice: «séptima», «octava» y «novena», debe decir: «sexta», «séptima» y «octava», respectivamente.

    En la página 8671, primera columna, tercer párrafo, donde dice: «Cuenta adicionalmente el presente real decreto con nueve disposiciones finales.», debe decir: «Cuenta adicionalmente el presente real decreto con ocho disposiciones finales».

    En la página 8671, primera columna, cuarto párrafo, donde dice: «... las disposiciones finales cuarta, quinta y sexta contienen, respectivamente, lo referido...», debe decir: «... las disposiciones finales cuarta y quinta contienen lo referido...». Donde dice: «... la disposición final séptima...», debe decir: «... la disposición final sexta...». Donde dice: «... la octava...», debe decir: «... la séptima...». Y donde dice: «... con la disposición final novena...», debe decir: «... con la disposición final octava...».

    En la página 8687, primera columna, artículo 61.3.b), donde dice: «... a las autoridades competentes...», debe decir: «... al Banco de España...».

    En la página 8701, segunda columna, artículo 108.1, las letras d) y e) pasan a denominarse c) y d), respectivamente.

    En la página 8703, primera columna, artículo 112.2, donde dice: «... entidades de crédito...», debe decir: «... sociedades de valores...».

Date: 
Saturday, 1 March, 2008