Date:
Wednesday, 17 July, 2019
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El presente expediente tiene por objeto decidir si resulta o no inscribible un acta de protocolización de un expediente de rectificación de la cabida de las fincas. En el presente caso al haberse realizado la notificación a la Gerencia Territorial del Catastro no puede tenerse la certeza de que el órgano competente de la Administración que puede verse afectada en su presunta titularidad haya tenido conocimiento real y efectivo del procedimiento y, por consiguiente, la posibilidad de formular las oportunas alegaciones como posible cotitular afectado, trámite esencial en todos procedimientos que pueden concluir con una rectificación descriptiva de fincas inscritas, según ha declarado de forma reiterada este centro directivo, sin que el principio de unidad de la personalidad jurídica de las Administraciones Públicas, que invoca el recurrente, alcance a desvirtuar las reglas imperativas e inderogables sobre atribución de competencias a los distintos órganos administrativos, de forma que las actuaciones administrativas realizadas por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio son nulas de pleno derecho |