En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario de Alcalá de Henares, don Rafael Luis Salazar Benítez, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del Notario de Barcelona, don Joaquín Julve Guerrero, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación. Fecha: dissabte, 7 setembre, 2013
Visto el escrito presentado por la Notaria de Épila, doña María López Mejía y al haber sido nombrada para el Registro de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Muebles de Lillo por acuerdo de 18 de julio de 2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
Visto el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del notario de Cáceres, don Luis Ruiz Ortigosa, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal de la Notaria de Sanlúcar la Mayor, doña María Rosa Cameno Iglesias, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o l Fecha: dimecres, 4 setembre, 2013
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Fecha: dimecres, 30 octubre, 2013
Advertido error en la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 3 de agosto de 2013, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
Fecha: dimecres, 18 setembre, 2013
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Fecha: dimecres, 30 octubre, 2013
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