El presidente
de la Generalidad de Cataluña
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Gobierno ha aprobado y yo, en nombre del Rey, y de acuerdo con lo que establece el artículo 67.6 del Estatuto de autonomía de Cataluña, promulgo el siguiente
DECRETO LEY
Preámbulo Fecha: divendres, 19 octubre, 2012
Fecha: divendres, 27 desembre, 2013
En fecha de 19 de septiembre de 2012 se ha firmado el Convenio marco entre la Agencia Tributaria de Cataluña y las diputaciones provinciales de Barcelona, Tarragona, Girona y Lleida, en relación con la colaboración en materia tributaria.
Vistas las previsiones de los artículos 110.3 y 112.2 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña;
Resuelvo:
El Real decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles aprobó una modificación del mapa de las oficinas registrales que significó para Cataluña la creación de cincuenta y nueve registros.
Fecha: divendres, 31 gener, 2014
Advertido error en la Ley Foral 6/2009, de 5 de junio, de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 73, de 15 de junio de 2009, se procede a efectuar la oportuna rectificación.
En el párrafo segundo del artículo 22, donde dice:
"..., se añade una Disposición adicional trigésima cuarta ...".
Debe decir:
El artículo 57 del Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aprobado por Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, establece que la competencia para la gestión, inspección, liquidación y recaudación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones corresponde al Departamento de Economía y Hacienda.
Idéntico principio se contiene en el artículo 32 del Reglamento del Impuesto, aprobado por Decreto Foral 16/2004, de 26 de enero.
El artículo 2. ocho de la Ley Foral 21/2012, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, introduce la disposición adicional decimoctava en la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, que establece una nueva obligación específica de información en materia de bienes y derechos situados en el extranjero. Esta obligación tendrá efectos para las declaraciones a presentar correspondientes a los ejercicios de los años 2012 y siguientes.
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO DE NAVARRA.
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente:
LEY FORAL DE RECONOCIMIENTO Y REPARACIÓN MORAL DE LAS CIUDADANAS Y CIUDADANOS NAVARROS ASESINADOS Y VÍCTIMAS DE LA REPRESIÓN A RAÍZ DEL GOLPE MILITAR DE 1936.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Fecha: dimecres, 4 desembre, 2013
Adoptado el Acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, y de conformidad con lo establecido en su letra c),
RESUELVO:
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