La Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón establece la elaboración de unas Bases para la Política del Agua en Aragón, instrumento fundamentalmente entendido desde la finalidad de la planificación hidrológica, que, tras el correspondiente debate en el seno del Instituto Aragonés del Agua y de toda la sociedad, será presentado a las Cortes de Aragón para su debate y la formulación, en su caso, de las correspondientes resoluciones, dando así lugar, al nivel más alto posible, a una concreción de la política aragonesa del agua que represente lo que son posiciones ampliamente mayoritarias de su compleja y plural sociedad.
El Decreto 301/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión del Agua de Aragón y del procedimiento para la formación de las Bases de la Política del Agua en Aragón establece que «las resoluciones aprobadas por las Cortes relativas a las Bases informarán la actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales aragonesas» e indica que «dichas resoluciones serán transmitidas a los órganos competentes de la Administración General del Estado para su valoración e inclusión, en su caso, en las oportunas revisiones que se realicen de los instrumentos de planificación hidrológica» y añade que «la parte normativa de las Bases de la Política del Agua en Aragón será respetada por las directrices y demás normas de ordenación territorial y por los instrumentos previstos en la legislación urbanística».
Siguiendo el mandato de la Ley 6/2001, el Instituto Aragonés del Agua elaboró a principios de 2004 un documento técnico inicial de Bases de la Política del Agua de Aragón.
Durante más de dos años, la Ponencia de Bases de la Política del Agua, de composición plural creada por la Comisión el Agua de Aragón, desarrolló el trabajo de valoración y revisión del documento técnico inicial.
El documento elaborado por la Ponencia, fue presentado a la Comisión Permanente de la Comisión el Agua de Aragón que realizó cuantas aportaciones consideró oportunas, que fueron tenidas en cuenta en la redacción del documento definitivo.
El Director del Instituto Aragonés del Agua tras examinar el citado documento de trabajo definitivo autorizó su elevación al Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón quien dio su conformidad inicial y ordenó el traslado del citado «documento de trabajo definitivo» de Bases de la Política del Agua en Aragón al Pleno de la Comisión del Agua de Aragón, recabando de este órgano la emisión de informe sobre el conjunto de acuerdo con el procedimiento establecido por la Comisión Permanente.
Obtenido el informe de la Comisión del Agua, las Bases fueron sometidas a información pública. A las alegaciones presentadas se les dio respuesta y se incorporaron al expediente.
Cumplidos los trámites previstos en el artículo 63 de la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón, las Bases de la Política del Agua de Aragón fueron aprobadas por el Gobierno de Aragón mediante Acuerdo de 24 de octubre de 2006, en el que, asimismo, se acordó presentar el citado documento a las Cortes de Aragón como Comunicación para su tramitación parlamentaria.
Admitidas por la Mesa de las Cortes de Aragón en sesión celebrada el 7 de noviembre de 2006, y acordada su remisión a la Comisión de Medio Ambiente de las Cortes de Aragón, fueron tramitadas por la citada Comisión en sesión celebrada el 1 de diciembre de 2006. En la misma sesión fueron aprobadas además 20 propuestas de resolución de los diferentes grupos parlamentarios, algunas de carácter técnico. Unas y otras se añaden como anexo a las propias Bases, resuelvo:
Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», de las «Bases de la Política del Agua en Aragón» y, como Anexo I, las Resoluciones aprobadas por las Cortes de Aragón, en la tramitación de las citadas Bases como comunicación parlamentaria.
Zaragoza, 6 de febrero de 2007.
El Consejero de Medio Ambiente, ALFREDO BONE PUEYO
ANEXO