RESOLUCIÓN JUS/532/2013, de 11 de marzo, por la que se anuncia concurso para la provisión de notarías vacantes.



De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, esta Comunidad Autónoma asumió la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el referido ámbito territorial.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96, y otros concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes en el día de la fecha.

El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944, reformado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, es la norma que rige la convocatoria y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes, en sus artículos 93 y siguientes.

Considerando la asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad Autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos, es necesario que se adopten medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña en relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, si bien se dispensa un trato especial a los opositores de ingreso con la finalidad de facilitar el acceso al cuerpo en las mismas condiciones que las establecidas para los notarios del resto del Estado.

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),

Resuelvo:

–1 Plazas

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio de Cataluña que se han producido hasta la fecha, las cuales se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.

–2 Condiciones de participación

Pueden participar en la convocatoria todos aquellos notarios y notarias que, con independencia del lugar donde radique la notaría que sirva el solicitante, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del citado texto legal.

–3 Acreditación de la lengua catalana

Con el fin de dar cumplimiento a lo que disponen los artículos 33 y 147 del Estatuto de autonomía de Cataluña y el artículo 14.5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, los participantes en el concurso deberán acreditar que el despacho de la notaría vacante a la que aspiren radicada en Cataluña estará en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales, así como contar con personal que tenga conocimiento adecuado y suficiente para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.

A tal efecto, la acreditación de conocimiento de catalán se debe efectuar en el momento de presentación de la solicitud de participación en el concurso, y se puede llevar a cabo por cualquiera de los medios siguientes:

Disponer la persona participante del nivel de lengua catalana correspondiente al certificado B o C de conocimiento de catalán de la Dirección General de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación en el concurso con testimonio notarial o fotocopia compulsada de la certificación acreditativa.

Declaración jurada o promesa formal de que la persona participante se compromete a disponer de personal contratado con la categoría profesional de oficial jurídico que disponga del certificado de nivel C de conocimiento de catalán de la Dirección General de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, por la que se refunden y se actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Dirección General de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación con la declaración jurada o la promesa formal.

Los participantes pueden consultar la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, modificada por la Orden VCP/233/2010, de 12 de abril, a través de la web de Internet: http://www6.gencat.cat/llengcat/certific/equiv.htm.

–4 Modelos y plazos de presentación de solicitudes

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, que tendrá que reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial, será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el resto del Estado y que, por lo tanto, figuren en la convocatoria que simultáneamente a esta realice la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

La solicitud puede presentarse tanto en el Registro General del Ministerio de Justicia, como en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, y en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, indicando en la instancia el orden de preferencia, si solicitaran más de una notaría, aunque correspondan a turnos diferentes.

En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, quedando automáticamente invalidadas las restantes solicitudes.

Los titulares de notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegramas que deberán contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada esta, ningún concursante podrá ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

Las solicitudes se deben ajustar al modelo publicado en los anexos 2 y 3 de la presente Resolución, que estarán disponibles en las webs http://www20.gencat.cat/portal/site/Justicia y https://sede.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Sede/es/1215197869883/DetalleInicio.html (oficina electrónica) y deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

–5 Resolución

La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.

Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas dictará resolución que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña.

Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el Boletín Oficial del Estado.

Barcelona, 11 de marzo de 2013

Santiago Ballester i Muñoz

Director general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Anexo 1

Notaría Motivo de la vacante Distrito
 
Notarías de primera clase
 
Antigüedad en la carrera
1. Barcelona Por jubilación del señor Suau Rosselló Barcelona
2. Barcelona Por jubilación del señor Serna Masía Barcelona
3. Badalona Desierta en concurso precedento (señor Lamora Peix) Badalona
4. Badalona Por traslado del señor  Bauzá León Barcelona
5. Girona Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Girona
6. L’Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (señor Aldaz Riera) L’Hospitalet de Llobregat
7. L’Hospitalet de Llobregat Por traslado de la señora Gala Ramírez López L’Hospitalet de Llobregat
8. L’Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) L’Hospitalet de Llobregat
9. Lleida Desierta en concurso precedente (señor Hernaiz Corrales) Lleida
10. Mataró Desierta en concurso precedente (señor Varela Escudero) Mataró
11. Mataró Desierta en concurso precedente (señora Berral Casas) Mataró
12. Reus Desierta en concurso precedente (señor Huidobro Arreba) Reus
13. Reus Desierta en concurso precedente (señor Zozaya Irujo) Reus
14. Sabadell Desierta en concurso precedente (creada por el  Real decreto 173/2007) Sabadell
15. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (señora Bevia Gomis) Barcelona
16.  Barcelona Por jubilación de la señora Vallvé Ribera Barcelona
17. Tarragona Por traslado de la señora Sánchez-Corral Mena Tarragona
18.  Barcelona Por traslado del señor Álvarez Angel Barcelona
19. Barcelona Por jubilación del señor Castelló Alberti Barcelona
 
Antigüedad en la clase
20. Barcelona Por jubilación voluntaria del señor Cuevas Castaño Barcelona
21. Badalona Desierta en concurso precedente (jubilación del señor Ripoll Ortí) Badalona
22. Badalona Por traslado de la señora Badía Abad Barcelona
23. Girona Desierta en concurso precedente (señor Berna Xirgo) Girona
24. L’Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (señor Navarro de Palencia) L’Hospitalet de Llobregat
25. Santa Coloma de Gramenet Desierta en concurso precedente (señor Cruz Gimeno) Santa Coloma de Gramenet
26. Tarragona Desierta en concurso precedente (señora Pérez Tenedor) Tarragona
27. Barcelona Por traslado del señor Martínez de Salinas Barcelona
 
Notarías de segunda clase
 
Antigüedad en la carrera
28. Amposta Desierta en concurso precedente (señor Sos Ansuategui) Tortosa
29. Barberà del Vallès Desierta en concurso precedente (señor Bauzá León) Sabadell
30. Blanes Desierta en concurso precedente (señora Dos Anjos González) Santa Coloma de Farners
31. Blanes Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Santa Coloma de Farners
32. Cambrils Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Reus
33. Castellar del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
34. Esparreguera Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sant Feliu de Llobregat
35. Esplugues de Llobregat Desierta en concurso precedente (señora Simon Marco) Sant Feliu de Llobregat
36. Figueres Desierta en concurso precedente (señora Heredero Caballería) Figueres
37. Granollers Desierta en concurso precedente (señor Veciana García) Granollers
38. Granollers Desierta en concurso precedente (señor Benavides Malo) Granollers
39. Manresa Desierta en concurso precedente (señor Nielles Sánchez) Manresa
40. Manresa Desierta en concurso precedente (señor Mateu Prades) Manresa
41. Mollet del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
42. Olesa de Montserrat Desierta en concurso precedente (señor Gallut Ortega) Terrassa
43. Olot Desierta en concurso precedente (señora Prieto Santos) Olot
44. El Prat de Llobregat Desierta en concurso precedente  (jubilación del señor Martín Martín) L’Hospitalet de Llobregat
45. Rubí Desierta en concurso precedente (jubilación señor Santos Sampelayo) Terrassa
46. Salou Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tarragona
47. Sant Feliu de Guíxols Desierta en concurso precedente (señora Pascua Ponce) La Bisbal d’Empordà
48. Sant Vicenç dels Horts Por traslado del señor Novoa Sánchez Sant Feliu de Llobregat
49. Santa Perpètua de Mogoda Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
50. El Vendrell Desierta en concurso precedente (señor Mestre Portabella) El Vendrell
51. El Vendrell Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) El Vendrell
52. Vic Desierta en concurso precedente (señor Beneyto Feliu) Vic
53. Vilanova i la Geltrú Desierta en concurso precedente (señora Romeo García) Vilanova i la Geltrú
54. Gavà Por traslado del señor Farrés Ripoll Sant Boi de Llobregat
55. Premià de Mar Por traslado  del señor  Feliu Álvarez de Sotomayor Mataró
56. Vic Por defunción del señor Costa Pages Vic
 
Antigüedad en la clase
57. Cerdanyola del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
58.  Figueres Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Figueres
59.  Gavà Por traslado de la señora Ruiz de Adana Jurado Sant Boi de Llobregat
60. Manresa Por traslado de la señora Caballería Martel Manresa
61. Sant Andreu de la Barca Por traslado del señor Talens Grau Sant Feliu de Llobregat
62. Vilafranca del Penedès Por traslado de la señora Fernández Medina Vilafranca del Penedès
     
Notarías de tercera clase
 
Antigüedad  en la carrera
63.Abrera Por traslado del señor Delgado Torres Sant Feliu de Llobregat
64. L’Arboç Por traslado de la señora Sánchez Ruíz El Vendrell
65. Badia del Vallès Desierta en concurso precedente (señor Indurain Tornos) Sabadell
66. Besalú Desierta en concurso precedente (señora Mota Papaseit) Olot
67. La Bisbal d’Empordà Desierta en concurso precedente (señor Toquero Cariello) La Bisbal d’Empordà
68. Cabrils Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Mataró
69. Calafell Por traslado del señor Longo Martínez El Vendrell
70. Capellades Por traslado del señor de la Peña Parga Igualada
71. L’Escala Desierta en concurso precedente (señor Amengual Villalonga) Girona
72. Flix Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tortosa
73. Hostalric Desierta en concurso precedente (señor Fortaner Torrent) Santa Coloma de Farners
74. Malgrat de Mar Por traslado de la señora Reviriego Picón Arenys de Mar
75.Parets del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
76. El Pont de Suert Por traslado  del señor Pozuelo Vázquez de Agredos Tremp
77. Roquetes Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tortosa
78. Santa Coloma de Queralt Desierta en concurso precedente (señora García Cueto) Valls
79. Santa Margarida de Montbui Por traslado del señor Ribes García Igualada
80. La Sénia Desierta en concurso precedente (señora Magraner Ull) Tortosa
81. Sort Desierta en concurso precedente (señor Daudi Arnal) Tremp
82. Tordera Desierta en concurso precedente (señor Pedrosa Santiago) Arenys de Mar
83. Torredembarra Desierta en concurso precedente (señor Mestre Portabella) El Vendrell
84. Vandellòs Desierta en concurso precedente (señora Arizón Deza) Reus
85. Almenar Por traslado de la señora Vázquez Aris Balaguer
86. Calaf Por traslado  del señor Bautista Blazquez Igualada
87. Caldes d’Estrac Por traslado de la señora Requena Torrecilla Mataró
88. Constantí Por traslado de la señora Casal Esperanza Tarragona
89. Sant Joan de Vilatorrada Por traslado de la señora Molinos Gil Manresa
90. Vilanova del Camí Por traslado del señor de Yllescas Muñoz Igualada
91. Cardona Por traslado del señor Mejias Sevilla Berga
92. L’Espluga de Francolí Por traslado de la señora Pons Oliete Valls
 
Antigüedad en la clase
93. Artesa de Segre Desierta en concurso precedente (señora Cañadas Martí) Balaguer
94. Cardedeu Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
95. Santa Coloma de Farners Por traslado del señor Mateu García Santa Coloma de Farners
96. Torroella de Montgrí-l’Estartit Desierta en concurso precedente (señora Almansa Losada) La Bisbal d’Empordà
97. Vila-seca Desierta en concurso precedente (señor Calvo Saavedra) Tarragona
98. Xerta Desierta en concurso precedente (señor Rodríguez Jato) Tortosa
99. Pons Por traslado de la señora Perea Moreno Balaguer
100. Berga Por traslado del señor Abelló Diz Berga
101. Cadaqués Por traslado del señor Ferrer Pardo Figueres
102. Cubelles Por traslado de la señora Ferreiro Llano Vilanova i la Geltrú
103. Cervera Por traslado del señor González Vallés Cervera
104. Montornès del Vallès Por traslado del señor Palasí Roig Granollers
Fecha: 
dilluns, 18 març, 2013