Advertido error en la relación de fiestas laborales del Calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2007, aprobado por Decreto 98/2006, de 30 de mayo (D.O.E. n.º 66, de 6 de junio de 2006), al figurar como fiesta laboral el día 6 de enero, Epifanía del Señor, cuando debería figurar el día 8 de diciembre, Día de la Inmaculada Concepción, se procede a la oportuna rectificación, y a tal efecto se publica el contenido del artículo 1 del indicado Decreto:
Artículo 1.
Conforme a lo establecido en el artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2007 serán las siguientes:
1 de enero, Año Nuevo.
19 de marzo, San José.
5 de abril, Jueves Santo.
6 de abril, Viernes Santo.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
15 de agosto, Asunción de la Virgen.
8 de septiembre, Día de Extremadura.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre, Todos los Santos.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
25 de diciembre, Natividad del Señor.