Vista la petición de doña Marina Zúñiga Serrano, Registradora de la Propiedad de Alcañiz (Teruel) y Notaria de Arrecife (Las Palmas), con arreglo a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y el artículo 281 de la Ley Hipotecaria:
Esta Dirección General, en uso de las facultados atribuidas por el artículo 7.1f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado declarar a la mencionada registradora de la propiedad en situación de excedencia en el Cuerpo de Notarios, por incompatibilidad con el puesto de Registrador de la Propiedad.
Madrid, 4 de noviembre de 2009.–La Directora General de los Registros y del Notariado, María Ángeles Alcalá Díaz.
Fecha:
Jueves, 19 Noviembre, 2009