Se trata de dilucidar en este expediente si procede la denegación de la extensión del asiento en el Libro de Entrada de dos escrituras de cancelación. El motivo de la denegación según la nota de calificación idéntica para ambas es que la registradora entiende que la notaria autorizante, al estar obligada legalmente a «relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite», debe efectuar la presentación electrónica del documento no siendo admisible la solicitud de presentación presencial.

Fecha: 
Miércoles, 30 Octubre, 2024