En el recurso se deniega la copia de testamento a quien manifiesta ser nieto político del difunto, extremo que no acreditada y que debe entenderse nieto por afinidad. No tendría derecho a copia ya que un nieto por afinidad ni está llamado a la sucesión intestada, ni es legitimario del causante, conforme al Código Civil de Cataluña y, además en ningún momento, se alega que el recurrente estuviera llamado en un testamento anterior revocado.

Fecha: 
Miércoles, 22 Septiembre, 2021