Debe decidirse en este recurso si es o no fundada la negativa de la registradora a rectificar el asiento en el que figura inscrito con carácter ganancial una vivienda. Debe confirmarse la calificación recurrida ya que no ha quedado probado documentalmente, en forma fehaciente, la ley aplicable a los efectos patrimoniales del matrimonio, ni el régimen económico vigente en el momento de la adquisición del bien, por lo que, la escritura otorgada sin el consentimiento expreso de ambos titulares registrales no puede ser admitida como título apto para la rectificación del asiento.

Fecha: 
Viernes, 12 Noviembre, 2021