Se declara al Estado como heredero abintestato de una persona y se le adjudica una finca. Durante la tramitación del expediente administrativo se han personado parientes que alegaron tener derecho a su reconocimiento como herederos intestados del causante, por lo que no puede accederse a la inscripción de la Resolución calificada que declara heredero al Estado y le adjudica los bienes integrantes del haber relicto, puesto que no ha quedado acreditado, sino más bien al contrario, el presupuesto fundamental de la inexistencia de parientes con derecho preferente a ser declarados herederos intestados del causante.

Fecha: 
Viernes, 18 Diciembre, 2020