Resolución de 15 de julio de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 19 de marzo de 2020, por la que se establecen las condiciones para la tramitación y contestación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de los requerimientos de información a que se refiere el artículo 97.5 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, dirigidos a entidades de crédito y referidos a bienes inmuebles.

Fecha: 
Viernes, 24 Julio, 2020