El registrador suspende la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia y segregación y su correspondiente representación gráfica apor las alegaciones formuladas por un colindante catastral acerca de una posible invasión parcial de la finca colindante. La decisión del registrador carece de motivación alguna, pues se limita a poner de manifiesto la existencia de alegaciones, a reproducir su contenido y a remitirse al artículo 199 de la Ley Hipotecaria. Se ha reiterado por la Dirección General que no es suficiente la mera cita de un precepto legal, sino que es preciso justificar porqué es de aplicación y cuál es la interpretación que se efectúa, ya que sólo de este modo el interesado podrá combatir la calificación si no la considera adecuada. Además las alegaciones del recurrente se limitan a manifestar la disconformidad por invadir la parcela de su propiedad, no se aporta documento alguno de sustento y de la simple superposición de la representación gráfica alternativa sobre la cartografía catastral se ve que se da invasión alguna.

Fecha: 
Lunes, 28 Septiembre, 2020