Fecha:
Miércoles, 23 Septiembre, 2020
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En este expediente debe decidirse si es o no fundada en derecho la calificación del registrador Mercantil por la que suspende el depósito de las cuentas anuales de la sociedad referida porque ésta tiene revocado el Número de Identificación Fiscal por Resolución del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. El efecto de cierre total de la hoja social es el mismo tanto en el supuesto de baja provisional en el Índice de Entidades como en el de revocación del número de identificación fiscal, sin perjuicio de que la práctica de cada una de estas notas marginales así como su cancelación se practique en virtud de títulos igualmente distintos. Por ello, la calificación del registrador Mercantil debe ser confirmada. |