Fecha:
Lunes, 3 Agosto, 2020
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Se discute si es inscribible un expediente administrativo de declaración de herederos abintestato a favor de la Generalitat Valenciana. registrador de la Propiedad de Llíria suspende la inscripción solicitada por entender que no se han cumplido los trámites esenciales del procedimiento. En particular, considera que faltan el auto judicial de declaración de herederos y el acta judicial de entrega, de acuerdo con el Decreto 47/2013, de 5 de abril, del Consell, norma vigente en el momento en que se inició y tramitó la mayor parte del procedimiento. Se desestima el recurso: es necesario el auto judicial de declaración de herederos, el acta de entrega y el informe del Abogado General de la Generalitat. |