En el supuesto del presente recurso el registrador suspende la inscripción del nombramiento de auditor de cuentas porque, a su juicio, es necesario realizar para ello una provisión de fondos de conformidad con lo establecido por el artículo 426 del Reglamento del Registro Mercantil, que establece que el coste de la publicación en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» será satisfecho por los interesados. La normativa registral no contiene excepción alguna respecto de la publicación de la inscripción del nombramiento de auditores de cuentas a solicitud de la minoría.

Fecha: 
Viernes, 22 Noviembre, 2019