En el presente expediente la cuestión objeto de debate se centra en es si es posible acceder a la solicitud formulada por el propietario de una finca en una instancia privada para la rectificación de los linderos de una plaza de garaje en régimen de propiedad horizontal. No concurriendo más que el consentimiento del titular registral de uno de los elementos afectados, pero no de los titulares de las fincas colindantes afectadas ni constado la autorización de la junta de propietarios del edificio en régimen de propiedad horizontal a la rectificación practicada -ni siquiera la constatación por su parte de que no afecta a elementos comunes-, el recurso ha de ser desestimado

Fecha: 
Martes, 7 Agosto, 2018