Se pretende la inscripción de una escritura por la cual las copropietarias de una vivienda unifamiliar declarada e inscrita la dividen horizontalmente y extinguen el condominio. Debe confirmarse la calificación registral en cuanto a la exigencia, para inscribir la declaración de elementos constructivos, de la preceptiva licencia autorizando el cambio de uso de la edificación a una vivienda de tipo colectivo, a menos que se acredite debidamente por alguno de los medios del artículo 28.4 la configuración independiente de las dos viviendas con la antigüedad suficiente. De igual modo cabe confirmar la exigencia de licencia para la formalización de la división horizontal tumbada que se pretende por considerarse en este caso, un acto equiparado a división conforme a la norma sustantiva, a menos que se acredite la obtención de declaración administrativa de su innecesariedad.

Fecha: 
Jueves, 21 Junio, 2018