Legislación

Ninguna duda existe de que al quedar legalmente revocados por la sola admisión de la demanda que después daría lugar a la sentencia de separación los poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera concedido al otro (cfr. artículo 102.2º. del Código civil), revocado quedó aquél que invoca el otorgante del título cuya inscripción se ha rechazado, sin que frente a esa sanción legal pueda prevalecer la presunta irrevocabilidad con que según el recurrente se concedió. Por tanto, en la medida en que ese consentimiento fuera necesario ha de tenerse por inexistente.

RESOLUCIÓN de 16 de abril de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Manuel Zabala Albarán frente a la negativa del Registrador de la propiedad de Utrera, don Francisco Manuel Álvarez Moreno, a inscribir una escritura de aportación de bienes a la sociedad conyugal en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 22 Mayo, 2003

Ahora bien, en cuanto estamos en presencia de la titularidad por ambas de un derecho, el de usar la denominación con la que legalmente se constituyeron, no puede considerarse al registrador mercantil central con competencias para dilucidar la preferencia entre esos derechos, ni menos declarar la nulidad de los actos administrativos que motivarán en su momento su adquisición.

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por Productos Agrícolas Manchegos, S. A., frente a la negativa del Registrador Mercantil Central, don José Luis Benavides del Rey, a declarar la nulidad de una denominación social.

Fecha: 
Martes, 20 Mayo, 2003

DECRET LEGISLATIU 2/2003, de 28 d'abril, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei municipal i de règim local de Catalunya.

Exposició de motius

La Llei 8/1987, de 15 d'abril, municipal i de règim local de Catalunya, va esdevenir una peça clau i fonamental en la construcció d'un nou règim local català, d'acord amb les previsions de l'Estatut d'autonomia de Catalunya i amb ple respecte de les bases establertes a nivell estatal, en els termes del que preveu la Constitució de 1978.

Fecha: 
Martes, 20 Mayo, 2003

Ninguno de los defectos planteados en la nota de calificación puede ser mantenidos, por la misma razón de que los respectivos titulares de los derechos inscritos, comparecientes todos en la última escritura de subrogación de hipoteca e inscrita en el Registro, han prestado su consentimiento a todas las operaciones realizadas, que se han configurado como un complejo de varios negocios jurídicos relacionados entre sí.

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2003, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Barcelona, don José Javier Cuevas Castaño, contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Arenys de Mar, don Luis Alfredo Suárez Arias, a inscribir una escritura de carta de pago y cancelación parcial de hipoteca, en virtud de apelación del recurrente.

Fecha: 
Jueves, 15 Mayo, 2003

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