Fecha:
Martes, 10 Marzo, 2020
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Se plantea en este expediente si es inscribible una escritura otorgada para «hacer concordar la división existente de finca con la inscripción registral», en la que los interesados pretenden que quede reflejada registralmente la división de una finca registral por una carretera. El registrador rseñala que no consta que los interesados hayan tramitado ante el Ayuntamiento licencia de parcelación El artículo 143, apartado segundo de la vigente Ley del Suelo de Madrid, al establece claramente que «cualquier acto de parcelación precisará licencia urbanística previa» y consecuentemente ésta será exigible por el notario y el registrador conforme al artículo 26 de la Ley de Suelo estatal. |