Resoluciones

El artículo 522.1 de la misma Ley establece la obligación de los Registradores de acatar las sentencias, obligación que nadie pone en duda, pero la legislación específica aplicable -que prevé el mismo artículo como condicionamiento de la afirmación anterior- exige para la inmatriculación requisitos añadidos que, como se ha dicho anteriormente, no cumple el documento presentado para la inmatriculación.

Resolución de 30 de abril de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Cantera El Hoyon, S. A., Sociedad Unipersonal», contra la negativa del Registrador de la Propiedad de Arganda del Rey a inmatricular una finca.

Fecha: 
Martes, 19 Julio, 2005

El objeto del presente recurso consiste en dilucidar si el Notario ha cumplido con las exigencias dimanantes del artículo 98 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, al reseñar el poder del que emanan las facultades representativas del apoderado e incorporar un juicio de suficiencia de tales facultades atendido el negocio jurídico concluido, esto es, una compraventa.

Resolución de 4 de mayo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don Ignacio Sáenz de Santamaría y Vierna contra la negativa del Registrador de la Propiedad número 6 de Madrid a inscribir una escritura de compraventa.

Fecha: 
Martes, 19 Julio, 2005

El objeto del presente recurso consiste en dilucidar si el Notario ha cumplido con las exigencias dimanantes del artículo 98 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, al reseñar el poder del que emanan las facultades representativas del apoderado e incorporar un juicio de suficiencia de tales facultades atendido el negocio jurídico concluido, esto es, un préstamo con garantía hipotecaria.

Resolución de 4 de mayo de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Torrejón de Ardoz don Joaquín Delibes Senna-Cheribo, contra la negativa del registrador de la propiedad número 19 de Madrid a inscribir una escritura de préstamo con garantía hipotecaria.

Fecha: 
Martes, 19 Julio, 2005

La mera referencia en el título calificado a la liquidación del saldo existente entre ambas entidades derivado del suministro referido carece de virtualidad suficiente para que las distintas obligaciones derivadas de dicha relación pierdan su exigibilidad aislada y sean sustituidas con pleno alcance novatorio por una obligación sustantiva e independiente por el saldo resultante, que pudiera por sí sostener la garantía hipotecaria.

Resolución de 25 de abril de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por «Esteve y Mañez Mármoles S.A.U», contra la negativa de la Registradora de la Propiedad de Arenas de San Pedro a inscribir una escritura de hipoteca.

Fecha: 
Martes, 19 Julio, 2005

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