Para poder inscribir un pozo que se declara en una escritura pública de compraventa, al indicarse que que está debidamente legalizado ante la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se exige acreditar la correspondiente licencia y la inscripción del aprovechamiento de aguas a que da derecho la extracción del pozo en el Registro administrativo de Aguas (artículo 64 Reglamento Hipotecario), además de la identificación del caudal a que da derecho el aprovechamiento de aguas.

Fecha: 
Miércoles, 25 Noviembre, 2020