De los artículos 1281 y 1282 del Código Civil resulta que la intención evidente de los contratantes prevalece sobre las palabras empleadas y de los artículos 1284 y 1285 resulta que si una cláusula de un contrato admitiera diversos deberá entenderse en el más adecuado para que surta efecto y que «las cláusulas de los contratos deben interpretarse las unas por las otras atribuyendo a las dudosa en sentido que resulte del conjunto de toda».

Fecha: 
Viernes, 27 Diciembre, 2019