Fecha:
Jueves, 8 Agosto, 2019
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Impiden la inscripción de la certificación, como son, la oposición de uno de los causahabientes. La referencia alfanumérica, no se corresponde con la que se obtendría del Plan especial aprobado definitivamente por el Ayuntamiento. Las superficies de las parcelas no se corresponden con la superficie catastral inscrita en el Registro y finalmente con el desarrollo del plan especial mencionado debería llevarse a registro con su correspondiente coordinación en el Catastro. El acuerdo municipal produce los mismos efectos que la licencia, sin perjuicio de que su aprobación quede sujeta a los mismos requisitos que la concesión de la licencia. |