Es objeto de este expediente determinar si procede la inscripción de un mandamiento ordenando la inscripción de una Sentencia dictada en juicio declarativo. El registrador opone como defecto que no se considera el procedimiento de acción declarativa el pertinente para llevar a cabo la rectificación registral que se pretende. En el supuesto de este expediente, se da la circunstancia de que el procedimiento ordinario se inicia en el año 2008 y por tanto antes de la nueva redacción de la Ley Hipotecaria, no pudiendo mantenerse la calificación del registrador en lo que se refiere a la improcedencia del procedimiento seguido por el interesado.

Fecha: 
Martes, 16 Octubre, 2018