Fecha:
Jueves, 19 Julio, 2018
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Debe decidirse en este expediente si es o no inscribible una escritura de adjudicación de herencia. El registrador señala que la renuncia del hijo al legado dispuesto por el causante no extingue el legado con el efecto de su refundición en la masa de la herencia, sino que es preciso un nuevo llamamiento a favor de los ulteriores descendientes en virtud de la sustitución prevista en el testamento. En el presente supuesto, fue voluntad del testador establecer una sustitución vulgar para los casos de representación de la sucesión intestada, lo que implica, dada la renuncia del legatario, la refundición del legado en la masa de la herencia correspondiendo a los herederos. La Dirección General estima el recurso interpuesto y revoca la calificación. |